La Declaración de Ausencia de Conflictos de Intereses (DACI)

Jorge Castejon (ONA)

La pasada semana se desarrolló en la Universidad de Salamanca una jornada on line sobre Planes Antifraude de las Universidades. En su apretado programa encontramos algunos temas de gran actualidad, entre las que debemos destacar la aportación de Jorge Castejón González, director dela Oficina Nacional de Auditoría de la IGAE, que habló sobre la Declaración de Ausencia de Conflictos de Intereses (DACI). Glosamos a continuación algunas de sus reflexiones.

Castejón inició su charla recordando que, hasta ahora, los fondos europeos eran generalmente de gestión compartida y asociados al coste de las inversiones. Sin embargo, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) ha supuesto un giro significativo dentro de los esquemas de gestión y se han configurado como de gestión directa (el beneficiario es el Estado miembro) y además se ha elegido la vía de la financiación no vinculada a los costes, es decir, que si el beneficiario cumple los objetivos asignados la Comisión desembolsará los importes acordados.

Entre las obligaciones que asumen los Estados miembros se encuentra la de “tomar las medidas oportunas para prevenir, detectar y corregir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses según se definen en el artículo 61, apartados 2 y 3, del Reglamento Financiero que afecten a los intereses financieros de la Unión y ejercitar acciones legales para recuperar los fondos que hayan sido objeto de apropiación indebida, también con respecto a cualquier medida para la ejecución de las reformas y los proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia”. Esto, acompañado de las causas que pueden dar lugar a ajustes en la financiación conforme al acuerdo de financiación suscrito entre España y la Comisión, ha supuesto poner en el punto de mira el tema de los conflictos de intereses y, en particular, dentro de las medidas de prevención, la suscripción de las Declaraciones de Ausencia de Conflictos de Intereses (DACI), que fue objeto de la exposición de Jorge Castejón, y que han sido declaradas como obligatorias por parte del Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

Conforme al Reglamento Financiero de la UE, “existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones (…) se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier otro motivo directo o indirecto de interés personal”. Para el ponente, este concepto implica una valoración personal pero también es un concepto de percepción objetiva por un tercero razonablemente bien informado.

Así, resaltó que el concepto ya había tenido su traslación al ordenamiento jurídico español mediante las situaciones que se describen en el artículo 23 de la LRJSP para determinar las causas de abstención. En la Administración de Estado, la definición de conflicto de intereses se precisa en el artículo 11 de la Ley 3/2015 (“pueda afectar a sus intereses personales, de naturaleza económica o profesional, por suponer un beneficio o un perjuicio a los mismos”).

En este sentido, concluyó que la modificación del RF en 2018 para ampliar su aplicación a la gestión compartida no supuso la necesidad de realizar ninguna modificación normativa. Por tanto, conviene indicar que no existe un cambio sustancial que modifique el comportamiento de los empleados públicos sino que lo que procede, en fase de prevención, es suscribir estas DACI.

En palabras de Castejón: “El contenido de las DACI se debe limitar a declarar que el empleado público no se encuentra en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 23 de la LRJSP o bien, que sí se encuentra en algunas de las situaciones para proceder a activar el procedimiento que no es otro que abstenerse de cualquier actuación y presentar al superior jerárquico (o el órgano de contratación) que deberá valorar para tomar su decisión el vínculo real así como el papel que asume el empleados público en el procedimiento administrativo”.

Terminó desmitificando, en cierta forma, este instrumento DACI ya que la modificación “solo supone la obligación de expresar la existencia o no de la situación que puede generar o ser percibida como un conflicto de intereses mientras que antes la obligación era solo declarar si ésta se producía”.

Julio Abalde, Rector de la Universidad de La Coruña, clausurando en nombre de la CRUE la jornada

Próxima estación: Córdoba

Por su parte, la Universidad de Córdoba acoge durante el 31 de marzo y 1 de abril el XIV Seminario sobre aspectos jurídicos de la gestión universitaria, dentro del conjunto de actividades institucionales desarrolladas con motivo de la conmemoración de su 50 Aniversario. Se trata de un referente en el mundo derecho universitario, surgido de los trabajos de análisis, reflexión, valoración y actividad propositiva, de la Asociación para el estudio del derecho universitario (AEDUN).

Estas reuniones de expertos juristas cumplieron treinta años en Oviedo (2019), y la Asociación que los aglutina, AEDUN, ya ha cumplido quince, desde su constitución formal en Sevilla-2007. Mi blog es más veterano. Y ha de ser, en esta ocasión, después de dos años en los que la situación sanitaria ha impedido la celebración presencial de estos encuentros, el momento de ahondar, con profundidad y rigor, en el contenido de un importante número de textos normativos que han de suponer un cambio sustancial en el devenir de las Universidades. Así, la profusión de cambios en el marco jurídico de nuestras estructuras necesita de un trabajo analítico de calado.

Entre ponencias, durante el congreso de 2019, en Oviedo

Un comentario en “La Declaración de Ausencia de Conflictos de Intereses (DACI)

  1. Pingback: Conflicto de intereses y fondos europeos – Fiscalizacion.es

Gracias por comentar con el fin de mejorar

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.