A grandes rasgos, hay dos modelos para implantar la actividad de prevención de la corrupción. Un primer esquema pasa por su atribución a la Institución de Control Externo nacional o autonómica (experiencia portuguesa) mientras que la otra, exige constituir una agencia especializada en el fraude (modelo OLAF comunitario). No faltará quien piense que es suficiente con los mecanismos judiciales clásicos potenciando los …
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