Perlas del tratamiento de las alegaciones. El cese del Interventor

 Descabezado

Los informes de auditoría incorporan las alegaciones del Ente auditado, por imperativo de las normas técnicas, tanto públicas como privadas. Algunos órganos de control externo –sólo unos pocos- hacen público también el tratamiento de las alegaciones; un anexo que expresa las razones por las que se aceptan o rechazan las alegaciones del gestor frente al informe provisional.

El lector no habitual de los informes suele olvidar la existencia de ese importante documento (cuando es público, insisto) donde el auditor encargado del trabajo debe desmontar y dejar registrados los argumentos presentados o interpretar la normativa en cuestión, ratificando la redacción inicial o modificándola si las alegaciones están suficientemente fundamentadas. Es un texto sintético que debe ser todo lo breve que sea posible para segmentar las alegaciones en diversos epígrafes incluyendo una reflexión contradictoria del tema así como una propuesta de modificación o no de la redacción inicial. 

Ayuntamiento de Alicante, 2011.

La Sindicatura de la Comunidad Valenciana acaba de hacer público el informe de fiscalización de diversos aspectos de la actividad económico-financiera del Ayuntamiento de Alicante. Se trata de uno de los trabajos más completos que se hecho de un gran Ayuntamiento español sobre los aspectos de elaboración, formulación y aprobación de los presupuestos, la información que se debe facilitar al Pleno municipal (inventario, informes de intervención y cumplimiento del objetivo de estabilidad) así como la rendición de cuentas, la tesorería y la contratación.

Digamos por adelantado que los presupuestos (prorrogados durante 2011 y 2012) no contemplaban los créditos suficientes para atender el cumplimiento de las obligaciones de servicios esenciales -como limpieza viaria o recogida de residuos- remanente de tesorería negativo y obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto por varias decenas de millones de euros. Asimismo, las modificaciones presupuestarias tramitadas en esos ejercicios no incluían los créditos necesarios para hacer frente a las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto, a pesar de que con ellas se financiaban obligaciones de carácter voluntario. Aceptamos pacíficamente que se trata de un terreno bastante pantanoso para ejercer la fiscalización interna.

El Anexo VIII del informe (páginas 136 y siguientes) presenta con bastante transparencia el tratamiento de las alegaciones, donde se abordan interesantes aspectos sobre los informes de intervención, la dependencia del interventor de la entidad, los actos nulos y la competencia del Pleno para aprobar los expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos, así como la minusvaloración del criterio precio para seleccionar al contratista. Os recomiendo que miréis esta parte del informe que, en lenguaje sencillo, representa la tensión auditor-auditado de estos procedimientos, sobre todo la segunda, quinta, séptima y novena. En esta última se hace referencia al epígrafe 5.3.5 donde el informe deja constancia del cese del Interventor

La destitución del Interventor

Señala el Informe ya desde el principio (página 12) el cese del interventor mediante decreto de Alcaldía de 26 de diciembre de 2012 donde «no constan los motivos » y recuerda que el interventor es un funcionario con habilitación estatal que había sido nombrado por el sistema de libre designación años atrás. Aquí deja la Sindicatura una primera perla:

 «la competencia del órgano gestor sobre el interventor en materia retributiva, disciplinaria, de provisión y cese, por el procedimiento de libre designación, puede originar la posible dependencia de la fiscalización respecto a la gestión, lo que dificulta un adecuado control interno».

Aunque la situación actual ha variado algo, es natural que los auditores reflejen en sus informes esta disfunción. Después, en la página 18, sigue esta otra reflexión:

“Con carácter general, la provisión y cese por el sistema de libre designación por el mismo órgano sujeto a fiscalización es una muestra de la dependencia del puesto de un interventor de una entidad local, que puede afectar aun adecuado ejercicio de sus funciones”.

El Ayuntamiento de Alicante intentó combatir estas consideraciones a través de las correspondientes alegaciones, que son contestadas por la Sindicatura con el siguiente texto (página 147) que merece ser el colofón del esta entrada:

Se alega sobre la referencia del informe al cese del interventor del Ayuntamiento, pues éste se ha ajustado la legalidad. Se señala en la alegación que la motivación que exige la normativa se reduce a la competencia para el cese y que éste lleva implícita la perdida de confianza.

Como se indico a los técnicos del ayuntamiento en la reunión mantenida el 18 de diciembre de 2013 para comentar el proyecto de informe el cese del interventor figura como un hecho relevante pero no como un incumplimiento de la norma. Es más, durante la reunión se solicitó que esta consideración se contemplase con carácter general, sugerencia que fue aceptada.

Desde el punto de vista del control externo es una debilidad del control interno que el órgano gestor tenga competencia sobre interventor en materia retributiva, disciplinaria, de provisión y cese, por el procedimiento de libre designación.

Así, el ejercicio de la función de fiscalización los ayuntamientos se realiza en condiciones que puede dificultar que ésta se haga de forma adecuada, a diferencia de lo que sucede en otros administraciones públicas donde no existe una dependencia tan directa de quien se fiscaliza.

 En este sentido, a pesar de estos condiciones de dependencia, el interventor del incremento advirtió de la insuficiencia de las dotaciones de los presupuestos y de sus modificaciones para hacer frente a las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto.

Consecuencias en el informe: mantener la redacción

4 comentarios en “Perlas del tratamiento de las alegaciones. El cese del Interventor

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  2. Antonio Arias

    Diario El Mundo. Noticia
    S. SAMPEDRO. M.GONZÁLEZ. Alicante Actualizado: 09/07/2014

    El Ayuntamiento de Alicante tendrá que restituir al interventor municipal que alertó durante años de las irregularidades en los pagos al jefe del caso Brugal, el empresario Enrique Ortiz, destituido por el concejal de Hacienda, Juan Seva, el 26 de diciembre de 2012, aprovechando la falta de tensión mediática durante las vacaciones de Navidad.

    El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Alicante ha condenado a la Administración local a volver a colocar en su puesto al funcionario afectado, Francisco Guardiola, así como a pagarle la diferencia de salario que tendría que haber percibido si hubiese continuado en su cargo durante este año y medio. Tras su cese el concejal denegó a Guardiola su traslado a otro Ayuntamiento y después lo colocó de tesorero (un escalón por debajo de su antiguo puesto, con un sueldo unos 20.000 euros inferior), mientras ascendió al entonces tesorero, Joaquín Oltra, a la categoría de interventor.

    El concejal tomó esta decisión pese a que Oltra no es habilitado nacional y, por lo tanto, no puede desempeñar las funciones para fiscalizar las cuentas municipales de manera regular. La oposición denuncia que el nuevo interventor, colocado a dedo, ha relajado el tono de sus reparos en una situación crítica para la economía municipal. El edil de Hacienda se ha visto obligado a pedir en este mandato 70 millones de euros al Ministerio de Hacienda para poder pagar a los proveedores de la ciudad.

    Como adelantó EL MUNDO, tanto Guardiola -defendido por el letrado Josep Lloret Lloret- como el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros habían planteado sendos recursos contra el cese, al considerar que no estaba motivado y que, además, se había hecho sin el concurso de la Junta de Gobierno Local, el órgano competente para tomar este tipo de decisiones. En su lugar fue el propio edil de Hacienda quien firmó el decreto que dejaba sin funciones al técnico que supervisaba la hacienda local. En principio Seva debería de conocer las limitaciones a la hora de asignar o quitar personal de sus departamentos, debido a que también tiene las atribuciones de Recursos Humanos en el consistorio.

    En el fallo, al que ha tenido acceso este diario, el juez tumba uno por uno todos los argumentos de la Administración local para evitar que prosperasen los recursos, y asegura que Seva no tenía capacidad para tomar y ejecutar la decisión del cese. La sentencia todavía es recurrible.

    Guardiola estuvo durante años alertando en sus informes de las prácticas irregulares del equipo de Gobierno de Sonia Castedo y, especialmente, de Juan Seva al frente del área de Hacienda. Fue muy vehemente con los reconocimientos extrajudiciales de crédito que se hacían para pagar sobrecostes en las contratas al margen del presupuesto. El principal beneficiario de estas operaciones era el contratista de referencia de Castedo, el amigo de la alcaldesa Enrique Ortiz. Pese a las reiteradas advertencias de Guardiola, Seva prefirió destituirlo y nombrar a un sustituto que iba a trabajar en situación irregular antes que dejar de pagar facturas al margen del presupuesto. Y eso que este tipo de prácticas no fueron denunciadas exclusivamente por el ex interventor: la Sindicatura de Cuentas emitió un informe sobre el año 2011 -el primero de Seva al frente de Hacienda- en el que había detectado más de 20 operaciones irregulares de este tipo, todas con reparos del interventor. El auditor también avisaba de que había hasta 12 cuentas irregulares, se colocaba a personal sin consurso público y que la alcaldesa disponía de una tarjeta con un crédito de 5.000 euros que utilizaba sin ningún tipo de fiscalización previa.

    Un segundo informe del Síndic no sólo reitera estas anomalías, sino que las amplía a los contratos, muchos de los cuales, asegura, se han adjudicado vulnerando la Ley de Contratos del sector público, al primar la puntuación subjetiva y «despreciar» el criterio de precio en los pliegos. Es decir, que la ciudad, según la Sindicatura, estuvo durante años dando sus contratos a las firmas más caras, muchas de ellas propiedad o participadas por Ortiz.

    En este informe también se critica el cese de Guardiola, y el organismo opina que la posibilidad de quitar o poner funcionarios que desempeñen funciones de fiscalización en la Administración puede poner en riesgo su independencia.

    El portavoz de UPyD en Alicante, Fernando Llopis, calificó ayer de «muy grave» que Seva incurriese en un defecto de forma para cesar al interventor. «Es una muestra más de que la gestión del PP es una chapuza. Y lo peor es que los responsables de llevarnos a esta situación económica siguen ocupando exactamente el mismo puesto, sin que el partido haga nada».

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