Auditor publico-privado

 Ayer he tenido el honor de presentar la ponencia inaugural del Máster en información financiera y análisis contable 2012-2013 que promueve, en la Universidad de Oviedo, el Departamento de contabilidad y coordina la profesora Ana Cárcaba. Me hicieron el honor de asistir también algunos colegas y profesores amigos y debatimos, entre otras materias, sobre la participación de los auditores privados en el sector público. Un asunto siempre recurrente en estos foros académicos y profesionales, que cobra  actualidad por variadas razones. 

Un escenario, cada vez más propicio

Por una parte, ya tuvimos ocasión de comentar aquí el programa electoral del actual partido en el gobierno, que exigirá la realización de auditorías financieras, operativas y de cumplimiento a “todas las corporaciones locales con más de 5.000 habitantes”. No dice que se hagan todas a la vez ni por auditores privados pero entendemos que esta obligación no es posible cumplirla con las actuales plantillas de auditores públicos. En estas circunstancias, las corporaciones profesionales saludaron con entusiasmo esta iniciativa.

Hace unos días, durante la jornada, celebrada en Madrid, sobre el Análisis del Papel de la Auditoría como Instrumento de Gestión del Sector Público, las corporaciones representativas de los auditores de cuentas de España -Consejo General de Colegios de Economistas de España (CGCEE), Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) y Consejo Superior de Titulares Mercantiles (CSTME)- constituyeron la nueva Comisión de Auditores del Sector Público.

Ya hemos tenido ocasión de presentar en esta bitácora la demanda de muchas organizaciones públicas y privadas, para avanzar hacia una ley de auditoría municipal. En la foto que inicia hoy esta entrada, estoy reseñando (gracias, Roberto) la petición de Rafael Navas Vázquez, hace un lustro, cuando era Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Sin embargo, el Tribunal de Cuentas ya dejó clara su posición contraria en este asunto, con ocasión de un importante  informe aprobado en 2009. El cambio legislativo que dé soporte a esa futura auditoría privada en el mundo local ha de ser amplio y sustancial. Con la actual normativa en el ámbito local, la adscripción de las funciones públicas de control se efectúa, por el artículo 92.2 LRBRL, reservando su ámbito externo al propio Tribunal u órgano autonómico equivalente y el control interno a los funcionarios habilitados correspondientes (intervención). Según el razonamiento del TCu:

 “los informes elaborados por auditores privados requerirán la supervisión y aceptación definitiva de los órganos que tienen reconocida la competencia para actuar en el ámbito del control interno o externo de la actividad del sector público y sólo adquirirán el carácter formal de informe de auditoría cuando la normativa expresamente lo contemple”.

Jornada profesional en Toledo

El mes pasado la Sindicatura de Castilla-La Mancha organizó, en Toledo, una interesante jornada sobre financiación y control local, de la que también dimos oportuno aviso en esta bitácora. También allí este tema fue introducido por el Síndico anfitrión, Miguel Ángel Cabezas que apostó por establecer «por ley» la obligación de los municipios de auditarse (en las condiciones relativas a periodicidad, tamaño, tramos de población, etc., que la propia ley estableciera) al igual que las sociedades mercantiles.

Así, Cabezas reconoció que los propios medios de los órganos de control “no pueden alcanzar a todo el universo a fiscalizar puesto que es amplísimo”. Por todo ello, además de esas modificaciones legales «debería abrirse la puerta a la colaboración de los auditores privados, pero en el más estricto respeto a la competencia exclusiva en materia de fiscalización y siempre bajo la superior dirección, control y supervisión del correspondiente órgano de control». El asunto fue bien recibido por el Gobierno regional, cuyo Consejero de la Presidencia reconoció que la propuesta «merecía la pena ser estudiada y debidamente encauzada».

El Colegio de secretarios, interventores y tesoreros de la Administración Local en Ciudad Real no ha tardado en contestar esas declaraciones, que entienden «obvian» las funciones de los habilitados de la administración local frente a la mencionada doctrina del Tribunal de Cuentas. El debate sigue abierto.

6 comentarios en “Auditor publico-privado

  1. Inspector BdE

    El chiste de Forges, genial como siempre, pone el dedo en la llaga. El tema que hoy propones, en efecto, es de mucha actualidad. Sin ir más lejos, las auditorías bancarias que encargó el Gobierno de España. La Asociación de Inspectores de Entidades de Crédito y Ahorro, que agrupa a la mayoría de los que trabajamos en este organismo, ha criticado ayer con dureza la decisión del Gobierno de contratar a unos auditores externos para hacer nuestro trabajo. En un comunicado remitido ayer, mostramos el descontento por la decisión del Ministerio de Economía y Competitividad y se recuerda que el Banco de España cuenta con un servicio de inspección «plenamente capacitado, tal y como reconocen diversos organismos internacionales» para realizar este tipo de labores. «Solo podemos entender que, por razones de urgencia y de forma excepcional, se realice este encargo», dice nuestro comunicado, manifestando «estar dispuestos a colaborar con el máximo rigor y profesionalidad, al tiempo que se reclama que se regule la función de inspección para que se recoja legalmente la independencia de estos profesionales». Los inspectores venimos denunciando desde 2005, tanto dentro del Banco de España como al Ministerio de Economía y a los diferentes grupos parlamentarios, la necesidad de regular la función de inspección para que se recoja legalmente la reserva de función y la independencia de los inspectores.

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  2. JF

    Las reflexiones de falta de control y de transparencia en las administraciones públicas, creo que las podemos subscribir todos. Los posicionamientos interesados buscando cifras importantes de negocios, son comprensibles. El arbitrar mecanismos que favorezcan la realización de estas tareas es obvio.

    Creo que ninguno está discutiendo, hoy por hoy, la importancia del control interno y su institucionalización. Nadie duda que la aplicación del informe COSO, y la traslación efectiva de la responsabilidad (esperemos la aprobación de la tan deseada Ley de Trasparencia) que corresponda a los gestores, políticos y administrativos, potenciará esta necesidad y percepción (como ya ocurrió en el mundo privado y más en el americano después de la aprobación de la Ley Sarbanes-Oxley). Por tanto de lo que deberíamos estar hablando es de como estructurar adecuadamente este control para que sea eficiente e incorpore valor a la organización.

    La primera realidad es que existe una falta absoluta de voluntad de los poderes públicos de ordenar el control interno, y especialmente en el subsector público local (ni normas, ni aplicación de la LGP, ni desarrollos reglamentarios, ni documentos de referencia…), y que solamente se hace el seguidismo que el momento exige, sin reflexión ni compromiso o convencimiento real.

    No plantear, hoy día, que el control es un TODO, en el que participamos tanto los órganos de control interno como los de control externo, es seguir mirando al pasado.
    En una visión de futuro, DE AUDITORIA ÚNICA, en el que convivan los diferentes órganos de control público que participan, tendrán que establecerse mecanismos normativos y de coordinación que posibiliten el cumplimiento de los objetivos que se hayan establecido.

    La posibilidad de que existan empresas privadas, colaborando con los órganos de control, tanto externo como interno, en el ejercicio de sus funciones y competencias, como ya se hace ahora, no dejará de ser otra opción mas en función de la estructura y decisiones organizativas de cada órgano.
    Es triste que de un tema de esta importancia, nada más que se hable, se salga a la palestra, por las presiones e intereses de determinados colectivos sin interesar un debate profundo del control, tanto interno como externo.

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