Instituciones y planes antifraude

La prevención del fraude y la corrupción se ha consolidado como una vertiente más de la tarea regular de algunas Instituciones de Control Externo. Hoy traemos dos nuevos trabajos realizados por la Audiencia de Cuentas de Canarias donde podemos aprender las características que deben tener los planes antifraude para ser considerados aceptables y superar los exigentes estándares del mundo de la fiscalización. No hay mejor manera de aprender gestión que estudiando las auditorias, sus conclusiones y recomendaciones. En los planes antifraude es imprescindible conocerlas.

La exigencia de la Unión Europa de incorporar los modernos planes antifraude a la gestión de determinados fondos estructurales ha obligado a las instituciones beneficiarias o ejecutoras a elaborarlos, seguirlos y evaluarlos. El propio Tribunal de Cuentas de España ya incluye desde el año pasado informes horizontales sobre el asunto en su programa anual de trabajo. Los ayuntamientos se han espabilado por la ingente cantidad de fondos comprometidos y están organizando interesantes y productivas jornadas de formación. Por ejemplo, el COSITAL valenciano con esta magnífica iniciativa para el 16 y 17 de febrero:

Las Universidades canarias a escena

Las Universidades, perceptoras de fondos comunitarios, implantaron también los citados planes pues tienen muchas lineas de financiación que por diversos canales, terminan en los fondos Next  Generation. El tiempo ha ido pasando y se van conociendo las primeras auditorías o controles de cumplimiento tanto de la exigencia como de la ejecución del propio plan.

Así, dos recientes informes de la Audiencia de Cuentas de Canarias, en el ejercicio de la función de prevención de la corrupción prevista en el artículo 5.1.j) de su ley reguladora, que inauguró con el Plan Antifraude autonómico (que comentamos aquí) y que ahora completa  con las “actuaciones del Plan de Control Interno” de las dos Universidades públicas de Islas Canarias. Como no puede ser de otra manera, la mayor parte de su contenido se dedica al Plan antifraude de esas instituciones de educación superior y su lectura, para los interesados en el tema, resulta imprescindible para anticipar cómo se van a fiscalizar en el futuro.

Respecto al Informe de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria los auditores realizan un análisis de las medidas que incorpora para prevenir, detectar, corregir y perseguir el fraude (págs. 27 y ss) . La primera de ellas incluye:

A) Desarrollo de una cultura ética.

B) Declaración Institucional.

C) Código de Conducta de los empleados públicos.

D) Formación y concienciación.

E) Comisión específica para la prevención del fraude y evitación de los conflictos de interés

F) Canales de comunicación internos y externos

G) Evaluación del riesgo y autoevaluación del nivel de cumplimiento.

H) Reparto claro y segregado de funciones y responsabilidades en las actuaciones de gestión, control y pago.

I) Medidas relativas a la prevención del conflicto de intereses.

J) Identificación del perceptor final de fondos.

Los auditores recuerdan la exigencia legal de proveer de sistemas de autoevaluación con la cumplimentación del Anexo II B5 de la Orden 1030/2021, que establece el estándar mínimo. Asimismo:

“Es preciso que la organización conozca, controle y ordene el proceso de información que establece un mapa de riesgos de forma que se pueda concretar, al menos anualmente, un examen de los concretos controles que se han establecido. Esta labor es más importante que una autoevaluación general que puede estar desconectada de la realidad, por mucho que su constancia y la demostración de avances en los planes en general hayan de ser cumplimentados”.

Se valora positivamente, por su importancia, la inclusión en el ámbito subjetivo de los planes anuales de formación, de todas las personas implicadas en la gestión, lo que puede incluir a aquellas que ostenten altos cargos de gobierno.

Además, formulan unas propuestas globales sugeridas para la mejora de los sistemas de control interno y del plan antifraude, que se indican a continuación como prioritarias:

  • Establecer un plazo concreto para la revisión del plan, con una periodicidad bianual o anual, mínima.
  • Mejorar los sistemas previstos de evaluación del mapa de riesgos incorporando actuaciones de coordinación con los departamentos implicados en los diferentes campos de gestión y mejorando las áreas cubiertas por él y las banderas rojas.
  • Clarificar los criterios de reparto de funciones y responsabilidades en las actuaciones de gestión, control y pago, así como en el propio seguimiento y control del Plan de Medidas antifraude.

En el informe de la Universidad de La Laguna también se analiza el Plan de Medidas Antifraude (páginas 22 y ss) donde, además de interesantes (y de recomendable lectura) consideraciones de carácter general, se recogen en el apartado correspondiente, se sugiere como prioritarias:

  • Hacer extensivo el sistema de control interno previsto a todas las unidades, con independencia de que hayan obtenido no fondos comunitarios, y que además lo hagan como un sistema de integridad institucional, no como la derivación directa de una obligación jurídica.
  • Establecer un sistema de control interno, más allá de la Intervención.
  • Establecer un plazo concreto para la revisión del plan, con una periodicidad bianual o anual, mínima.
  • Mejorar los sistemas previstos de evaluación del mapa de riesgo incorporando actuaciones de coordinación con los departamentos implicados en los diferentes campos de gestión.
  • Clarificar los criterios de reparto de funciones y responsabilidades en las actuaciones de gestión, control y pago, así como en el propio seguimiento y control del Plan de Medidas antifraude.
  • Implementar medidas de sensibilización a los empleados públicos respecto a su comportamiento ético.

Se valora positivamente la apuesta por la realización autónoma del Plan Antifraude. Aunque la externalización de su elaboración es una opción válida, el análisis propio de las estructuras organizativas que se diseñan es un requisito indispensable para su correcta ejecución.

En todos los casos destaca como recomendación “la designación de responsables específicos para cada uno de los riesgos detectados en las unidades de gestión” y anima a iniciar una reflexión sobre la oportunidad de «hacer extensivo este sistema de control interno a todas las unidades con independencia de que hayan obtenido o no fondos comunitarios y a que además lo hagan como un sistema de integridad institucional, no como la derivación directa de una obligación jurídica».

3 comentarios en “Instituciones y planes antifraude

  1. Pingback: Universidades contra el fraude – Fiscalizacion.es

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