Que el Tribunal de Cuentas Europeo es una institución «de excelencia» no es ninguna novedad. Ya hemos presentado en esta bitácora su extraordinario Manual de Auditoría de Gestión (en castellano) como un ejemplo de las mejores prácticas.
Ahora, la Entidad que dirige Vitor Caldeira se suma a las organizaciones que realizan Peer Review (revisión de colegas) para comprobar que cuentan con un sistema de control de calidad que garantiza que, tanto la organización como su personal, cumplen con las normas profesionales y los requisitos legales aplicables.
El Yelow book norteamericano, como ya comentamos en otra entrada, indica que el incumplimiento por la organización auditora del requisito de revisión externa por pares, cada tres años, es tan importante que supone el incumplimiento de un principio de auditoria generalmente aceptado.
Por eso, las organizaciones de auditoría externa deben hacer públicos esos informes de revisión externa por pares, cosa que la GAO presenta con regularidad en su web, donde se localiza con facilidad el documento que elaboró el Auditor General de Canadá. En el caso de los auditores internos, exige trasladar una copia de dicho informe a los encargados del gobierno corporativo.
El informe
La revisión entre pares del Tribunal de Cuentas Europeo se llevó a cabo por un equipo internacional compuesto por representantes de cuatro entidades fiscalizadoras superiores: Altos Responsables del Tribunal de Cuentas de Austria y de Portugal, así como de la Oficina del Auditor General de Noruega y de Canadá. Esta última, lo dirigió.
Los objetivos específicos de la revisión se establecieron en un Memorando entre el Tribunal y los miembros del equipo externo y pretendían responder a las siguientes cuestiones (¡de gran enjundia!) :
1. La planificación y ejecución de las auditorías
– La planificación, la metodología, el control de calidad y el aseguramiento de la calidad en los procesos … ¿ garantizan que todas las auditorías se realizan de conformidad con las políticas y procedimientos del Tribunal, así como las normas internacionales y las buenas prácticas profesionales?
– ¿Están esos procesos adecuadamente diseñados y funcionan según lo previsto?
2. Presentación de los informes
– ¿Los informes realizan una presentación apropiada de los hechos y de los resultados de auditoría, en forma clara y concisa?
– ¿Los interesados encuentran los informes pertinentes y útiles para sus procesos de toma de decisiones? (Los grupos de interesados: Comisión Europea, Parlamento Europeo, Consejo de Economía y Finanzas, los medios de comunicación y el público en general)
3. Apoyo general para la auditoría
– En los procesos de auditoría, los recursos del Tribunal, incluida la utilización de los recursos y herramientas de TIC … ¿son utilizados en forma eficiente y efectiva para maximizar la productividad, el apoyo a la selección de los temas relevantes y la publicación oportuna de los informes?
– La gestión de los recursos humanos del Tribunal y los sistemas de formación y mantenimiento profesional … ¿emplean el conjunto de habilidades necesarias, incluidas las competencias para obtener informes de auditoría que cumplan con los estándares profesionales?
– ¿Existen políticas y procedimientos apropiados para garantizar la adecuada gestión del conocimiento, para facilitar la transferencia de conocimientos entre los profesionales?
Conclusiones
Los evaluadores concluyen que el marco de gestión del Tribunal está adecuadamente diseñado, en conformidad con las normas internacionales de auditoría. También apuntó una serie de oportunidades que debe aplicar para fortalecer aún más sus prácticas.
¿Quien controla al controlador?
Dejaba para una futura entrada el comentario al brillante artículo de Pilar Jiménez Rius en la Revista «Fiscalización» (descargar, en pdf) editada por la Fundación CEDDET que es una organización sin ánimo de lucro dedicada a la cooperación al desarrollo y creada a iniciativa del Ministerio de Economía y Hacienda de España y el Banco Mundial.
Pues bien, el artículo titulado ¿Quien controla a las entidades fiscalizadoras superiores? describe el caso de la GAO de los Estados Unidos y su experiencia sometiendose a evaluaciones y auditorías externas de su sistema de control de calidad.
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Todo eso de la «valoración por pares» está muy bien, pero creo que eso desemboca en el viejo principio de que «entre bomberos no se pisan la manguera«. Intervención y control se escriben con «I» de independencia y no con «C» de compadreo.
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Por supuesto que Intervención y control se escriben con «I» y no con «C»…. Pero al menos, en algunos países, tienen «bomberos» porque en otros…No es la solucion perfecta, como se señala en los artículos, pero «algo es algo» ¿no?.
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Ya, Anonimo, pero el «control a medias» es como el cacheo en la aduana » a medias». O sea, apariencia y coladero.
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