Consejos vendo que para mi no tengo

El desarrollo sostenible es aquel que satisface las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Se trata de un concepto que todos hemos incorporado a nuestro vocabulario.

Los 17 objetivos de desarrollo sostenible (ODS) para el milenio, aprobados por la ONU en 2015, son universales, se dirigen a todos los países y se basan en los tres pilares de la sostenibilidad:  medioambiental, social y económica.

La legislación de la UE impone a algunas grandes empresas la obligación de divulgar información relacionada con la sostenibilidad, y estas incluyen cada vez más los ODS en sus informes. Para comprobar si las Instituciones comunitarias dan ejemplo en la divulgación de esa información, el Tribunal de Cuentas Europeo acometió un análisis rápido cuyo resultado final acaba de ver la luz. Veamos su contenido.

Los auditores advierten de que la divulgación en la UE de información sobre la sostenibilidad y los objetivos de desarrollo sostenible sigue siendo insuficiente

No se trata de una auditoría sino de un documento que permite poner ante la opinión pública los problemas emergentes, de exponer hechos basados principalmente en información pública y en trabajos anteriores del Tribunal, cuya sensibilidad en estos temas siempre ha sido un ejemplo a seguir. Con este tipo de trabajos el Tribunal se pone a la vanguardia de los temas de interés ciudadano, aprovechando magníficamente todo el material y la materia gris que mantiene. Interesante iniciativa, que suponemos es la primera de un nuevo estilo de  informes sobre temas candentes.

Un trabajo comprometido y oportuno

La divulgación de información sobre la sostenibilidad consiste en medir y divulgar el desempeño de la organización con respecto al objetivo del desarrollo sostenible y rendir cuentas de ello ante los interlocutores internos y externos. Muestra cómo tiene en cuenta una organización las cuestiones de sostenibilidad en sus actividades, así como sus efectos medioambientales, sociales y económicos.

El análisis realizado por el Tribunal revela que la Comisión no informa sobre la contribución del presupuesto o la política de la UE a la consecución de los ODS, con la excepción del ámbito de la acción exterior, donde ha comenzado a adaptar su sistema de divulgación de información sobre resultados con respecto a los ODS y la sostenibilidad. La Comisión ha publicado recientemente un documento de reflexión en el que describe algunas de sus políticas relacionadas con ellos. Sin embargo, esa divulgación no está integrada actualmente en el marco de rendimiento de la Comisión y todavía no se han establecido gran parte de los requisitos para la divulgación útil, como, por ejemplo, una estrategia a largo plazo. Actualmente, solo una institución de la UE, el Banco Europeo de Inversiones, y una agencia, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, publican informes de sostenibilidad.

La Comisión todavía no informa sobre la contribución del presupuesto y las políticas de la UE a la Agenda 2030

Hasta la fecha, sólo dos organismos europeos (Banco Europeo de Inversiones y Oficina de Propiedad Intelectual de la UE) han publicado informes de sostenibilidad. Con respecto a las otras instituciones y organismos de la UE, los auditores constataron que estos proporcionan información principalmente sobre cómo afecta el funcionamiento de su organización a la sostenibilidad (como su uso de papel o agua), pero no informan sobre cómo han integrado cuestiones relativas a la sostenibilidad en su planificación y estrategia.

Un reto para los auditores

Eva Lindström, la miembro del Tribunal de Cuentas Europeo responsable del trabajo, aprovechó una reciente tribuna profesional para recordar dos habituales conceptos erróneos. El primero es que los ODS solo se aplican a países lejanos. Aquí no. La sostenibilidad comienza en casa. La otra idea a desterrar es que la sostenibilidad se refiere solo al medio ambiente. No lo es. Se trata tanto de la sostenibilidad económica y social como del medio ambiente. También se reconoce cada vez más que los riesgos de sostenibilidad también pueden ser riesgos financieros.

De ahí la importancia de tener en cuenta la sostenibilidad en la adopción de decisiones. Además, las garantías externas relativas a los informes de sostenibilidad pueden reforzar su credibilidad y la confianza de las partes interesadas en la información proporcionada, así como reducir el riesgo de «blanqueo ecológico», es decir, que se utilicen los informes simplemente como ejercicios de relaciones públicas.

El informe aporta unas interesantes reflexiones metodológicas y traslada conceptos clásicos de auditoría al mundo de la sostenibilidad. Así, reconoce que el elemento fundamental para decidir qué información se debe divulgar es la «importancia relativa» o materialidad. Solo se espera que se publiquen aquellas cuestiones materiales o significativas, por lo que la información facilitada puede variar considerablemente entre organizaciones dependiendo de su evaluación de la importancia relativa o materialidad.

Sin embargo, frente a la divulgación de información financiera, en la que la materialidad se define en términos cuantitativos claros, la divulgación de información sobre la sostenibilidad tiene una definición más compleja y a veces menos tangible. Por ello, son muy interesantes las consideraciones que presenta al respecto en los epígrafes 15 y siguientes, que dan pautas sobre esa relevancia. Por ejemplo, en un banco el consumo de agua es irrelevante como información en la Memoria de gestión, pero desde el punto de vista social o medioambiental, puede tener materialidad.

Para terminar, el Tribunal publicita el equipo de trabajo: cada cual sosteniendo un objetivo. Entrañable.

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