Inventario de problemas de control en pequeños ayuntamientos

La Sindicatura de Comptes de la Comunidad Valenciana ha realizado una fiscalización sobre el entorno de control de los 385 ayuntamientos de la Comunidad Valenciana con una población inferior a 5.000 habitantes. Se ha acometido mediante el análisis comparado de determinada información básica de carácter general y financiera obtenida a través de un cuestionario elaborado a estos efectos, cumplimentado y remitido por las entidades locales destinatarias.

Como resultado de la revisión efectuada de los 283 cuestionarios recibidos, una vez finalizado el plazo de remisión de la información, los auditores destacan interesantes conclusiones.

Se recibieron en la Sindicatura un 73,5% de las encuestas remitidas sin que un 15,4% de las preguntas formuladas obtuvieran respuesta, detectando discrepancias en un 26,2% de los casos analizados, así como numerosas incongruencias entre las propias respuestas facilitadas.

Cabe destacar el elevado índice de discrepancias del 78,6% en materia de información contractual y su publicación en el RCSP. Se contrastaron los datos remitidos por los ayuntamientos con los publicados en la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (PRCEL), el Registro de Contratos del Sector Público (RCSP) y el portal de transparencia de cada ayuntamiento y/o su página web.

Se ha clasificado por tramos de población los distintos ayuntamientos. El tramo 1 incluye los municipios con una población inferior a 500 habitantes, el tramo 2 (entre 501 y 1.000 habitantes), el 3 (entre 1.001 y 2.000 habitantes) y el 4 (entre 2.001 y 4.999 habitantes).

Son muchas las áreas que el Informe toca. Ahora sólo me voy a detener en un par de zonas, una de ellas poco transitada:

La mitad de los ayuntamientos no disponen de un inventario aprobado y actualizado.

Una pregunta giraba sobre si la corporación dispone de un inventario aprobado de sus bienes y derechos conforme establece el Reglamento de Bienes. La Sindicatura nos ofrece el siguiente cuadro donde se muestran de forma agregada las respuestas obtenidas, por tramos de población:

En 242 casos, de las 275 respuestas obtenidas, las corporaciones indican que cuentan con un inventario aprobado, si bien en 99 casos no se actualiza, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento de Bienes. Se desconoce si 12 ayuntamientos (de los cuales 9 pertenecen al tramo 1) actualizan o no su inventario. Por su parte, 33 ayuntamientos (el 12,0% del total de respuestas) no disponen de un inventario aprobado, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de Bienes.

En consecuencia, únicamente 131 ayuntamientos (47,6% de las respuestas) manifiestan que disponen de un inventario aprobado y actualizado.

En cuanto a su fecha de actualización, han contestado 199 ayuntamientos, de los cuales 126 indican que la última actualización fue en 2021 o en ejercicios anteriores (una entidad indica que en 2001); 60, en 2022, y tan solo 13 ayuntamientos contestan que la actualización del inventario se ha efectuado en 2023.

Fiscalización: previa y limitada

45 ayuntamientos contestaron que efectúan fiscalización previa plena mientras que 108 indican que realizan previa limitada, sin que realicen actuaciones de control financiero posterior, incumpliendo lo dispuesto en el Real Decreto 424/2017 de por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local incorpora la obligatoriedad de establecer en cada Entidad Local un Plan Anual de Control Financiero, sobre la base de un análisis de riesgos.

El siguiente cuadro resume las respuestas al tipo de fiscalización establecido por el ayuntamiento, por tramos de población:

De los 263 ayuntamientos que han contestado a la pregunta, 218 (el 82,9%) indican que el régimen de fiscalización es previo y limitado. De estos 218 ayuntamientos, 108 contestan que no realizan actuaciones de control financiero posterior, incumpliendo de esta forma lo dispuesto en artículo 13.4 del Real Decreto 424/2017.

Los auditores concluyen recomendando que los servicios de asistencia de las diputaciones provinciales se refuercen a fin de facilitar el adecuado cumplimiento de la normativa de aplicación con carácter general y el adecuado suministro a las Administraciones y/o registros públicos de la información requerida, en los ayuntamientos con población inferior a 5.000 habitantes y especialmente en aquellos que carecen de los medios personales y materiales necesarios.

Representantes de la Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana en el Congreso de Control Interno Local celebrado en Palencia durante el pasado mes de octubre

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Comentarios

Una respuesta a “Inventario de problemas de control en pequeños ayuntamientos”

  1. […] según el Tribunal de Cuentas de España. Tanto las grandes como las pequeñas corporaciones (Aquí su último inventario de problemas). En la contratación administrativa, su más reciente informe señala que las entidades locales […]

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