El control interno en la Administración Local

Captura de pantalla 2015-09-07 18.22.15La Revista Española de Derecho Administrativo número 170/2015 publica el interesante y reciente artículo “Reflexiones sobre la nueva regulación de los funcionarios con habilitación de carácter nacional en la legislación de régimen local: ¿Avance o retroceso?” (págs. 371-400) donde la profesora María Luisa Roca profundiza en las reformas del régimen jurídico local. En su opinión, no se asegura “al menos de forma indubitada” la necesaria independencia de estos en el ejercicio objetivo y eficaz de sus funciones, cuya importancia no se corresponde, por lo general, con los medios aportados para su ejercicio.

Reconociendo las mejoras significativas sobre el fortalecimiento de las funciones de la Intervención, han quedado demasiadas cosas para su ulterior desarrollo reglamentario. Entre ellas, se sigue esperando el Real Decreto de Control Interno, que tras el periodo de Información pública (CCAA, COSITAL, FEMP, TCu …) se encuentra actualmente en el Consejo de Estado para dictamen.

Captura de pantalla 2015-09-07 17.44.38Sin embargo, no hay duda de que la Ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local refuerza el control interno de la Entidad, de sus OOAA y Sociedades locales a través de la función interventora, del control financiero, y de eficacia así como de la auditoría de cuentas de las entidades que se determinen reglamentariamente. Se abre aquí un amplio campo de colaboración de las firmas de auditoría con los interventores locales.

Mejorar el control financiero 

Una de las aportaciones de la Ley 27/2013 ha sido la necesidad de aprobar y ejecutar el Plan Anual del Control Financiero, según análisis de riesgos, que deberá asegurar, conjuntamente con el ejercicio de la función interventora, al menos, un control efectivo del 80 % del presupuesto consolidado y en tres ejercicios consecutivos el 100%. Para dar apoyo a este y otros muchos compromisos del órgano de control, la organización BONSER celebra, entre el 21 y el 23 de octubre, un seminario sobre el modelo de control interno local con la colaboración de dos entidades muy vinculadas al entorno del control: Aytos, habituada a la implantación de soluciones informáticas para la gestión, y Global & Local Auditcuyos auditores cuentan con experiencia en trabajos para la Administraciones Públicas.

Captura de pantalla 2015-09-07 18.25.14El programa permitirá parar de las musas al teatro, con un interesante contenido práctico; acogerá tanto el análisis de las experiencias en la implantación de modelos de control interno por sus responsables (Interventores Generales de Ayuntamiento de Alcobendas y de las Diputaciones de Alicante y Girona) como aspectos operativos de la auditoría del sector local (Joan Pamies Pahí, Encarnación Martínez Espuch y Enrique Barreres Amores) o las soluciones informáticas de expedientes de fiscalización, pruebas e informes (Ceferino Madero Cala).

Tampoco faltará una visión de conjunto (José Fernando Chicano Jávega) o el análisis de la colaboración de las ICEX en el régimen de Control Interno previsto en el proyecto -que muy probablemente para entonces esté publicado- de Reglamento de Control (Antonio Mira-Perceval Pastor y yo mismo).

El papel del Control Externo

En este sentido, el papel de los OCEx que va a ser más complejo. Continuarán los análisis del control interno a través de informes horizontales, que evalúen sus funciones o sus debilidades, así como de su estatus, dotación y medios. Como nos recordaban las auditoras Gadea Badal, Vanesa Álvarez y Mirta García, en los recientes Encuentros Técnicos celebrados en Oviedo, con ocasión de su ponencia “Nuevas competencias locales y su fiscalización por los órganos de control externo”:

… no es menos cierto que el control que va a desarrollar (el OCEX) va a ser más complejo, al deber de fiscalizar aspectos que van desde la propia asunción de competencias, el coste de los servicios que desarrollan, el desarrollo de las competencias delegadas y los informes pertinentes (en cuyo caso se procederá a una doble fiscalización tanto del delegante como de la entidad que asumen la prestación del servicio), las consecuencias del incumplimiento de los principios derivados de la regla del gasto, el equilibrio financiero… que incidirán, no sólo la propia actividad local sino en otros aspectos como la posibilidad de contar con concejales liberados o el personal eventual. Es por ello que el control de legalidad se ha visto incrementado incidiendo en la propia actividad municipal.

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3 comentarios en “El control interno en la Administración Local

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