
A finales del año 2007 se publicaba el Informe Global de la Corrupción 2007 (IGC) de Transparency International (TI) que está disponible en descarga libre para la edición en castellano.
Se trata de una obra que reúne la opinión de académicos, juristas y sociedad civil de todo el mundo con el fin de examinar cómo, por qué y en qué etapa la corrupción puede dañar a los procesos judiciales. Asimismo trata de reflejar posibles formas de remediar aquellos sistemas corruptos.
Los autores estudian el impacto que la corrupción judicial tiene sobre los derechos humanos, el desarrollo económico y la gobernabilidad. En concreto, se analizan dos problemas: la interferencia política que pone presión sobre los jueces para que éstos acaten a favor de sus intereses políticos y económicos, y la corrupción administrativa que involucra a personal de apoyo. El resultado es un análisis de cómo la independencia y la rendición de cuentas del poder judicial pueden ser abordadas para combatir la corrupción en el sistema judicial.
El magistrado español, Baltasar Garzón Real, tuvo el encargo de realizar el prólogo del libro. Un par de folios que sirven de presentación del tema y que por su indudable interés y actualidad, reproducimos a continuación, invitando a que descarguéis y leáis toda la obra.

Baltasar Garzón Real.
Juez titular del Juzgado Central de Instrucción número 5.
El fenómeno de la corrupción es tan antiguo como la humanidad. El Código de Hammurabi ya distinguía lo correcto de lo incorrecto. Hoy, de igual forma, distinguimos entre la ética en la gestión pública y el aprovechamiento de lo público en beneficio propio; pero, simultáneamente, la indiferencia de los ciudadanos respecto del modo en el que se gestionan los intereses públicos es casi general, lo que contribuye a la laxitud de la acción pública y a la impunidad oficial de los comportamientos corruptos. Sólo cuando la situación se hace insostenible, acontece la catarsis.
En alguna de estas ocasiones, la acción judicial ha determinado que la degradación no llegara a límites inaceptables. Junto a ello, la mayoría de las veces, el poder judicial se ha inhibido en el cumplimiento insustituible de su deber y se ha aliado con otros poderes para justificar sus desmanes y la ilicitud de sus acciones.
El juez, en un sistema democrático, es el punto de referencia por cuanto de sus decisiones van a depender la credibilidad y eficacia de los controles diseña- dos o va a determinar la necesidad de ellos. Por eso, cuando la corrupción se despliega en el sector judicial es mucho más perniciosa. Reforzar los mecanismos de independencia, de preparación científica y de protección económica y personal de los jueces, resulta básico, pero también lo es exigir su responsabilidad por su omisión.
Es decir, debemos contar con un poder judicial fuerte, independiente, inamovible, científicamente solvente y con rigurosas normas de calidad internas y externas. Con ello tendremos grandes posibilidades de que jueces y fiscales sancionen los comportamientos de corrupción, incluidos los propios, sin duda ni vacilación, ausentes de corporativismo, sin hallarse mediatizados por el poder político o constreñidos por los mass media, ni sobornados por el poder de las entidades económico-financieras, y sin temor a ser censurados o sancionados por el propio órgano de gobierno de los jueces.
Para conseguir este objetivo, resulta imprescindible reforzar la independencia judicial, y para ello el primer requisito es la integridad del propio juez. Son muchos los países en que los jueces son meros apéndices del poder ejecutivo. A veces por propia voluntad. La sumisión es absoluta con aquel que lo reconoce, premia o promociona. Esta autocorrupción es más intensa que la meramente económica a la que los jueces, como otros funcionarios, pueden verse expuestos. Es decir, no hará falta que se pida la decisión o acción corrupta porque el juez la ofrecerá ante la expectativa de lo que pueda obtener, o simplemente por esa especie de sumisión o temor reverencial que se tiene al poder económico o político de algunos.
Es cierto que los jueces clamamos por una mayor independencia, pero no lo es menos que, la mayoría de las veces, hacemos bastante poco por defenderla, sobre todo en aquellos casos especialmente complejos que ponen a prueba la probidad del funcionario judicial. En ellos, el juez deberá asumir la firme postura que la situación exija en defensa de la legalidad, frente a quien desde cualquier ámbito trate de aprovecharse. La inhibición o la mera pasividad del juez frente a estos fenómenos comporta una grave responsabilidad.
Esta tendencia puede y debe erradicarse mediante la introducción de un sistema definido y objetivo de selección, de evaluación científica continuada, retribuciones adecuadas, inamovilidad, sistema de incompatibilidades riguroso, sistema de responsabilidades civiles, penales y disciplinarias, así como un sistema de control y evaluación externo de la oficina judicial que garantice la pureza y agilidad de los procedimientos, el rendimiento de los funcionarios, la evaluación de los retrasos, la especialización de los investigadores y la adscripción de unidades técnicas de apoyo necesarias.
Junto a ello, la acción de un ministerio fiscal especializado, independiente e integrado en el poder judicial, que dirija la investigación, hará más creíble un sistema en que la lucha contra la corrupción no sólo es labor de jueces o fiscales, cuya acción firme y decidida marcará el camino para los demás actores y hará despertar a la sociedad de su letargo.

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