Huyeron del derecho administrativo, no de la justicia penal

Noticia del diario La Vanguardia

La prensa de hoy se hace eco de la sentencia, de 122 folios, que condena por delitos continuados de malversación de caudales públicos y falsedad en documento mercantil, a penas de entre 6 años y 10 meses y 9 años de prisión al ex asesor urbanístico del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) y al asesor jurídico y al contable de la  ingeniería financiera del «caso Saqueo», que dio lugar al desvío de fondos del consistorio entre 1991 y 1995. Los tres deberán indemnizar además al Ayuntamiento con casi 23 millones de euros por los perjuicios causados.

El Tribunal considera probado que desde la llegada a la alcaldía en 1991 del Grupo Independiente Liberal (GIL), el ex alcalde es aconsejado por el asesor jurídico, quien concibe la idea de crear varias empresas sujetas a la legislación mercantil «bajo el aparente designio de que la gestión de los servicios municipales sería más ágil y eficaz«. 

El Tribunal de Cuentas ya determinó la responsabilidad contable correspondiente a los ejercicios 2002 a 2006, que hemos presentado en esta bitácora. La sentencia explica que las 31 sociedades municipales, «se nutrían» de las subvenciones y transferencias de dinero público del consistorio, «degenerando» en una situación de «opacidad y falta de transparencia que alejaba aquella gestión del control interno y de eficacia» por parte de la corporación municipal.

Para alcanzar sus objetivos criminales era imprescindible contar con estos fontaneros: un contable y un jurista. El primero era la persona que «confeccionaba y analizaba la contabilidad de las empresas municipales», además de ocuparse de hacer las declaraciones fiscales que estaban «plagadas de datos falsos» y en las que se añadían «facturas ficticias». Ambos realizaban «la confección y modificación de la contabilidad de las sociedades municipales, con el primordial designio de procurar que pasaran desapercibidas las irregulares detracciones de fondos que se efectuaban desde las cuentas de tales sociedades de gestión, con destino bien diferente a los fines de utilidad pública y social que le eran propios».

En cambio, la sentencia sitúa a Roca en un segundo plano de la actividad delictiva. En concreto, señala que el ex asesor de urbanismo realizó «una importante aportación» en la detracción de fondos públicos desde la sociedad municipal de la que era gerente -Planeamientos 2000- «desviando dinero público a fines que se desconocen y, desde luego, alejados de cualquier idea de aplicación legítima». También señala que en el entramado delictivo «participaron otros funcionarios que no han sido enjuiciados«.

Pero el tribunal también acusa a Roca de poner su capacidad empresarial a disposición de la trama delictiva a través de la aportación de cuatro empresas de su propiedad que se utilizaban para «crear la apariencia de ser entidades proveedoras de obras y servicios de las sociedades municipales, favoreciendo con ello el desvío de fondos públicos».

En resumen, el entramado societario creado servía para «la detracción del patrimonio municipal» y en la operación se utilizaban «los conocimientos jurídicos» de Sierra, «los conocimientos contables» de Castel y «la actividad empresarial» de Roca.

Tras dar a conocer la sentencia, el tribunal, presidido por la jueza Ángela Murillo, ordenó el ingresó en prisión de estos tres grandes chorizos.

6 comentarios en “Huyeron del derecho administrativo, no de la justicia penal

  1. «bajo el aparente designio de que la gestión de los servicios municipales sería más ágil y eficaz“. .. es una frase para la reflexión.
    La tendencia a externalizar servicios y la creencia de que la gestión pública debe ser sustituída por la privada en aras de la eficacia es, en parte, una falacia.
    El objetivo de una función pública eficaz es posible y para ello la valoración de las competencias, la exigencia de calidad y compromisos y la cultura organizativa son pilares básicos.
    Los auditores podemos contribuir a evaluar los puntos débiles y a ser asesores en la gestión del cambio

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  2. Javier grandio

    La eficacia mide el grado en que se alcanzan unos objetivos. La economía mide el coste (recursos) de alcanzar los objetivos. La eficiencia relaciona las dos anteriores, de manera que aumenta cuando baja el coste y/o sube la eficacia y disminuye cuando aumenta el coste y/o baja la eficacia.

    El gran reto pendiente que tenemos en el sector público, sobre todo y más que nunca con la que se está avecinando, es mantener el grado de eficacia, dando por hecho que en general no es bajo, pero reduciendo el coste necesario para alcanzarla: en definitiva, que seamos más eficientes.

    En mi opinión, por unos u otros motivos, existen demasiadas oficinas públicas con 9 ó 10 empleados que realizan la misma cantidad y calidad de trabajo que en oficinas privadas realizarían 7 u 8 empleados … (uff, ya me veo fusilado).

    Respecto al post, quizás los ínclitos urbanista, jurista y contable, huidos de lo administrativo y encontrados en lo penal, no trincaron lo suficiente para que sus penas fuesen más reducidas.

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  3. ummj

    Estoy de acuerdo con lo que dice Javier Grandío: «seamos más eficientes».

    Pero antes que eso pediría a las Administraciones que se planificasen mejor, que tuviesen mejor definidos sus objetivos, que sus directivos sean seleccionados en base a sus competencias y no por criterios políticos….

    En una empresa privada se mira la pela…Los accionistas exigen eficacia, eficiencia y economía en los procesos porque su dinero es el que está en juego.

    En la Administración ya es hora de que los responsables planifiquen, fijen objetivos, designen a los directivos más idóneos, se pongan los medios para conseguir objetivos, se evalúe el rendimiento, se exijan responsabilidades ante los incumplimientos, etc…

    Sino precisamos estas cosas parece que estamos simplemente diciendo que los administrativos de los Bancos son más eficaces y eficientes que los administrativos de una Universidad Pública…y no tiene porqué ser así.

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  4. javier lopez carreto

    Si alguno de los lectores cuenta entre sus amistades o conocidos con algún catedrático de derecho administrativo de la nueva hornada es fácil que le hay oído comentar las bondades de las empresas o fundaciones públicas o cualesquiera otra de las muchas figuras que han proliferado como hongos a la vera de nuestras administraciones públicas.

    Luis Barrio, como siempre, pone el dedo en la llaga de la frase que, por tan repetida en los últimos años, ha dejado ya, casi, de llamarnos la atención.

    Cuando una empresa privada adquiere un cierto volumen, los mecanismos de control interno que tiene implantados dejan en mantillas a cualquier mecanismo inventado por la administración pública española, por lo que las actuaciones de sus directivos no suelen, salvo excepciones que habitualmente acaban mal, perjudicar a su patrón, esto es los accionistas.

    Sin embargo, las administraciones públicas, que mantienen un aparentemente infalible sistema de control, no deben tener en mucha consideración a sus accionistas, esto es el pueblo soberano, cuando tienen la gran preocupación de buscar figuras jurídicas que les permitan gestionar de manera «más ágil».

    Si realmente se quisiera gestionar de forma más ágil, cabe la posibilidad de copiar lo bueno del sector privado y establecer los controles que existen en éste, descargándose de los procedimientos «garantistas» que, en muchos casos, no garantizan nada. Pero, parece ser que los políticos, que son quienes legislan y quienes marcan las líneas de actuación de las administraciones públicas no tienen gran interés en que la «res pública» funcione de manera 3E, sino que les va más legislar la forma de crear empresas, fundaciones, etc.

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  5. La prensa de hoy recoge que el Tribunal de Cuentas del Estado ha remitido al Ayuntamiento de Marbella su último informe de fiscalización sobre el Consistorio, comprendido entre abril de 2006 y mayo de 2007, en el que se elogia la labor económica y presupuestaria llevada a cabo por la antigua Comisión Gestora que rigió la Corporación, tras la disolución de la misma, a raíz de la operación Malaya.

    Más información.

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  6. Novedad

    En las primeras sentencias del Tribunal de Cuentas, como las mencionadas en tu bitácora, se entendía que no había pruebas de que el Del Nido no realizara los servicios por los que cobró sumas millonarias. Estas tesis han servido al mandatario sevillista como base para articular su defensa en el juicio que se sigue contra él desde abril en la Audiencia de Málaga.

    Ahora, la doctrina ha cambiado. En sus tres últimas sentencias, la sala del TCu «no considera suficientemente acreditada la realización de los servicios profesionales por los que minutó«. Este nuevo enfoque permite al Tribunal de Cuentas sostener que «fue una práctica generalizada la de pagar importantes cantidades de dinero por servicios irregularmente contratados (…) y cuya utilidad, valor real y necesidad siempre parecen dudosas».

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