
La prensa de hoy se hace eco de la sentencia, de 122 folios, que condena por delitos continuados de malversación de caudales públicos y falsedad en documento mercantil, a penas de entre 6 años y 10 meses y 9 años de prisión al ex asesor urbanístico del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) y al asesor jurídico y al contable de la ingeniería financiera del «caso Saqueo», que dio lugar al desvío de fondos del consistorio entre 1991 y 1995. Los tres deberán indemnizar además al Ayuntamiento con casi 23 millones de euros por los perjuicios causados.
El Tribunal considera probado que desde la llegada a la alcaldía en 1991 del Grupo Independiente Liberal (GIL), el ex alcalde es aconsejado por el asesor jurídico, quien concibe la idea de crear varias empresas sujetas a la legislación mercantil «bajo el aparente designio de que la gestión de los servicios municipales sería más ágil y eficaz«.
El Tribunal de Cuentas ya determinó la responsabilidad contable correspondiente a los ejercicios 2002 a 2006, que hemos presentado en esta bitácora. La sentencia explica que las 31 sociedades municipales, «se nutrían» de las subvenciones y transferencias de dinero público del consistorio, «degenerando» en una situación de «opacidad y falta de transparencia que alejaba aquella gestión del control interno y de eficacia» por parte de la corporación municipal.
Para alcanzar sus objetivos criminales era imprescindible contar con estos fontaneros: un contable y un jurista. El primero era la persona que «confeccionaba y analizaba la contabilidad de las empresas municipales», además de ocuparse de hacer las declaraciones fiscales que estaban «plagadas de datos falsos» y en las que se añadían «facturas ficticias». Ambos realizaban «la confección y modificación de la contabilidad de las sociedades municipales, con el primordial designio de procurar que pasaran desapercibidas las irregulares detracciones de fondos que se efectuaban desde las cuentas de tales sociedades de gestión, con destino bien diferente a los fines de utilidad pública y social que le eran propios».
En cambio, la sentencia sitúa a Roca en un segundo plano de la actividad delictiva. En concreto, señala que el ex asesor de urbanismo realizó «una importante aportación» en la detracción de fondos públicos desde la sociedad municipal de la que era gerente -Planeamientos 2000- «desviando dinero público a fines que se desconocen y, desde luego, alejados de cualquier idea de aplicación legítima». También señala que en el entramado delictivo «participaron otros funcionarios que no han sido enjuiciados«.
Pero el tribunal también acusa a Roca de poner su capacidad empresarial a disposición de la trama delictiva a través de la aportación de cuatro empresas de su propiedad que se utilizaban para «crear la apariencia de ser entidades proveedoras de obras y servicios de las sociedades municipales, favoreciendo con ello el desvío de fondos públicos».
En resumen, el entramado societario creado servía para «la detracción del patrimonio municipal» y en la operación se utilizaban «los conocimientos jurídicos» de Sierra, «los conocimientos contables» de Castel y «la actividad empresarial» de Roca.
Tras dar a conocer la sentencia, el tribunal, presidido por la jueza Ángela Murillo, ordenó el ingresó en prisión de estos tres grandes chorizos.

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