
Comenzó en Panticosa, en pleno Pirineo de Huesca, una nueva edición del seminario (¡van 16!) organizado por el Observatorio de contratación. Con el título monográfico “La reforma europea de las reglas de la compra pública” está dirigido por dos ilustres académicos: José María Gimeno Feliú y Miguel Ángel Bernal Blay, de la Universidad de Zaragoza durante los días 16, 17 y 18 de junio.
Participo en el panel sobre La integridad y la eficiencia en la contratación pública: hacia un control eficaz, donde es relator Javier Miranzo (UCLM). Acompaño a Teresa Medina (Universidad de Burgos), Alfonso Peña (Gerente Unizar) y Ricardo Ruiz Valderrama (Guardia Civil).

Ante la oportunidad del tema, no he podido obviar las noticias de los últimos días, en relación con el Auto del magistrado de la Sala Penal Leopoldo Puente levantando el secreto de la pieza separada abierta a raíz de la recepción de un informe de la UCO del pasado 5 de junio. Nos hemos detenido en el papel de Mesa de contratación, que califica, valora y clasifica, por orden decreciente, las proposiciones presentadas para posteriormente elevar la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Aquí nos detuvimos en el ejemplo aportado por la Cámara de comptos de Navarra, cuyo informe sobre las Cuentas Generales de la Comunidad Foral Navarra que incluye en su epígrafe 4.4 Contrato de obra “Duplicación del Túnel de Belate” un recado:

En la valoración de los criterios cualitativos, cuatro miembros de la Mesa de Contratación, remitieron sus puntuaciones al presidente, y éste determinó la suya teniendo conocimiento de las asignadas por los demás.
Si bien la normativa no detalla el procedimiento que deben seguir las Mesas de Contratación, para efectuar la valoración de las ofertas técnicas, esta Cámara considera que debe establecerse un procedimiento en el que todos los intervinientes dispongan de la misma información que garantice la imparcialidad de las puntuaciones, y por lo tanto los principios de igualdad de trato y transparencia.
En la adjudicación de esta licitación encontramos una figura interesante, que puede algún día ser una bandera roja. Se trata del acompañante local de una gran empresa licitadora. ¿Porqué una constructora de miles de empleados acude en UTE con una pequeña sociedad local para ganar una obra pública? Esto ocurrió en la licitación navarra que ha sido noticia estas semanas. No faltará quien piense que el contratista local será el encargado de oscuras negociaciones, permitiendo que la gran empresa mantenga intacta su Due diligence, limpia su contabilidad de partidas extrañas de los enredos políticos.
El asunto, como no podía ser de otra manera con los altísimos intereses implicados en el competitivo y exigente mercado internacional, termina mal.

Por su parte, Teresa Medina, de la Universidad de Burgos, recordó que la lucha contra la corrupción no es solo una cuestión de integridad o de garantía de Estado de Derecho, también es un asunto económico, puesto que en Europa se estima que el coste de la corrupción para los contribuyentes asciende a 120.000 millones de euros al año (sin contar el fraude a los fondos públicos de la UE) lo cual equivale casi al presupuesto anual global de la UE, es decir un 1 % del PIB de la Unión y, en materia de contratación, se calcula que entre 2016 y 2021 el riesgo de corrupción supuso un coste total en la UE de 4.300 millones para los contratos públicos financiados con fondos europeos (Stepping up the EU’s efforts to tackle corruption – Cost of Non-Europe Report , 2023).

«Evidentemente, no todos los perjuicios económicos que ocasiona la corrupción encuentran su causa en la contratación pública, pero se sienten de manera especial en este ámbito al ser uno de los sectores más expuestos a sus riesgos. Para preservar la integridad en la contratación pública, además de actuar censurando conductas pasadas, resulta fundamental desarrollar una actividad orientada hacia la prevención».
Las deficiencias detectadas en el sistema contractual suponen un reto para centrar las acciones de lucha contra la corrupción. En este sentido, el objetivo de esta su ponencia ha sido trazar un mapa de riesgos en los procedimientos de adjudicación a través del análisis de las numerosas sentencias de órganos judiciales (principalmente del orden penal) que podremos consultar pronto en el Observatorio y que ya han concretado comportamientos corruptos en las compras públicas. Entre las sentencias analizadas se encuentran las siguientes:
STS 8670/1999, de 21 de diciembre – ECLI:ES:TS:1999:8670 CASO «ROLDÁN»
SAN, de 17 de mayo de 2018, ECLI: ES:AN:2018:1915, CASO «GÜRTEL»
STS de 7 de mayo de 2025- ECLI:ES:TS:2025:1947 CASO «FITONOVO»
STS de 24 de abril de 2025 – ECLI:ES:TS:2025:2157 CASO «FITONOVO»



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