A vueltas con la rendición de cuentas locales

Si le preguntara cuales son las tres Comunidades Autónomas que tienen mayor nivel de rendición de cuentas en las Entidades Locales, no creo que acertara más de un medallista. ¿Influye la dispersión y el tamaño medio? ¿La normativa autonómica que sanciona? Veamos los tres primeros clasificados, que además superan el 90% de las corporaciones.

El pódium de rendición de cuentas locales, al día de hoy (esto es importante) está encabezado por la Comunidad Valenciana (96.41 %) seguido por Aragón (94.55 %) y Madrid (91.93 %) de acuerdo con los datos actualizados del portal Rendiciondecuentas.es . Faltan en la estadística País Vasco y Navarra. Sin ellas, en el ejercicio 2022, existían un total de 11.583 entidades locales en todo el territorio nacional con obligación de rendir cuentas.

Como consecuencia de los convenios de colaboración entre el Tribunal de Cuentas (TCu) y los Órganos de control externo autonómicos (OCEx) la remisión de las cuentas generales a través de la Plataforma de Rendición produce los efectos de la rendición ante ambas Instituciones.

El TCu ha aprobado, en su sesión de 20 de diciembre de 2023, el Informe de fiscalización del cumplimiento de las entidades locales de las obligaciones de rendición de cuentas y remisión de información anual al Tribunal de Cuentas, ejercicio 2022, y ha acordado su elevación a las Cortes Generales. Aquí podemos observar (pág. 14) que en caso de hacer la foto finish en la finalización del plazo (15 de octubre) y no al día de hoy, Galicia arrebataría la medalla de Bronce a Madrid. Como veremos a continuación, el tema de los plazos es una situación legal que merece una reflexión en cada informe anual del Tribunal, sin demasiado éxito.

Como en informes anteriores, llama la atención el Tribunal (la página 15 no tiene desperdicio) sobre que las CCAA de Andalucía, Madrid y Castilla y León regulan también la obligación de rendir la cuenta general de las entidades locales de su territorio al OCEx respectivo, estableciendo plazos diferentes para la rendición de cuentas de las entidades locales de su territorio (dentro del mes siguiente al de la fecha límite de aprobación de la cuenta general, es decir, hasta el 31 de octubre del ejercicio posterior al que aquellas se refieran)

“Así, se da la circunstancia, para las entidades locales de estas tres comunidades autónomas, que pueden estar rindiendo a su OCEx dentro del plazo legal y sin embargo, están incumpliendo la obligación establecida en el art 223.2 TRLRHL. Las consecuencias de esta doble regulación se observan en el resultado de la rendición de cuentas de estas comunidades autónomas

(…)

El hecho de que la normativa de estas tres comunidades autónomas establezca para sus entidades locales un plazo de rendición más amplio y diferente al del TRLRHL, genera una duplicidad normativa que fomenta el incumplimiento del plazo fijado por el mencionado texto refundido y que constituye norma básica, pues aunque la norma autonómica regula el plazo de rendición de la cuenta general para el correspondiente OCEx, no deja sin efecto la previsión del TRLRHL, que es de aplicación a todas las entidades locales”.

 


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Comentarios

3 respuestas a “A vueltas con la rendición de cuentas locales”

  1. Avatar de OneC

    En las Comunidades nombradas los porcentajes de rendición son altos. Es fácil si se sanciona de alguna forma la falta de rendición. Pero, ¿qué pasa con la «calidad» de lo rendido? En mi día a día veo verdaderas burradas «rendidas».

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  2. […] la renta o la expedición de facturas electrónicas. El Tribunal de Cuentas y los OCEX reciben las cuentas anuales de los Ayuntamientos en formato digital, soportadas en docenas de ficheros que permite a los […]

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  3. […] Periódicamente, analizamos en la bitácora la evolución, donde solemos encontrarnos con la sorpresa de que el nivel de rendición de los pequeños municipios es muy alto, aunque es mayor en las grandes ciudades. […]

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