
La Disposición Final novena de la Ley de Contratos del Sector Público prevé que transcurridos 15 meses desde su entrada en vigor, la factura electrónica será obligatoria “en la contratación con el sector público estatal para las sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada”.
Dicha obligación, transcurrido el plazo indicado, no exige decisión administrativa en dicho sentido, sino que es exigible automáticamente. Por ello, el diario Expansión nos recuerda que el plazo ha llegado y mañana entra en vigor tal obligación. El periódico Cinco Días entiende que muchas compañías y organismos estatales, autonómicos y locales no están preparados para afrontar este cambio. Como se apunta en el amplio y completo manual de Emilio Jiménez Aparicio, por el contrario, será necesaria una Orden administrativa de extensión para proyectar la obligatoriedad de la factura electrónica sobre los contratos menores.
Facturae es un esquema diseñado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Centro de Cooperación Interbancaria que será de obligado cumplimiento a partir de mañana para todos los proveedores o suministradores de la Administración General del Estado, que no puedan presentar cuenta abreviada de Pérdidas y Ganancias y para TODAS las empresas, sin excepción alguna, a partir del 1 de Noviembre de 2010.


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