Corrupción 2008

Acto de presentación del Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2008. De izquierda a derecha: Manuel Villoria, Jesús Lizcano y Antonio Garrigues

Acaba de presentarse, el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2008 que elabora Transparency International para medir los niveles de corrupción en el sector público 180 países. El indice se basa en diversas encuestas a expertos y empresas, asignando a cada Estado una puntuación en una escala de cero (percepción de muy corrupto) a diez (percepción de ausencia de corrupción).

Se trata de un instrumento de medición de los niveles de corrupción en el mundo, que todos los años supone un recordatorio de lo mucho que queda por avanzar en un área que asola a muchas de las sociedades del mundo cual un tolerado y continuo desastre humanitario.

“En los países más pobres, los niveles de corrupción pueden significar la diferencia entre la vida y la muerte, si lo que está en juego es el dinero destinado a hospitales o al agua potable”, señaló Huguette Labelle, Presidenta de Transparency International.

Resultados de 2008

Encontramos pocas diferencias respecto al año pasado (ver entrada en ésta bitácora). Dinamarca, Nueva Zelanda y Suecia comparten el podium con la mayor puntuación, de 9,3, seguidos inmediatamente por Singapur, con 9,2. Al final de la lista se ubica Somalia, con 1,0, precedida por una estrecha diferencia por Irak, con una puntuación de 1,3, y por Haití, con 1,4. Los países que presentan descensos más significativos en las puntuaciones son Bulgaria, Noruega y el Reino Unido.

Volvemos a ver a destacados (¡casi notable!) a Chile y Uruguay, primeros de América Latina y por delante de España y Portugal.

A destacar Italia, Grecia y Polonia que suspenden raspao y Rusia o Venezuela que continúan en el vergonzoso pozo de este listado.

Contrasta mucho la alta nota de Singapur (por encima de Finlandia) con países de suspenso como Tailandia ( 3,5) Indonesia (2,6). En este último caso, desde principios de año prominentes figuras del panorama político, económico y judicial han sido detenidas y condenadas por delitos de corrupción.

La clasificación final de los resultados puede consultarse en la web del capítulo español y se resumen en la siguiente tabla:

País

IPC

País

IPC

1

Dinamarca

9.3

56

Italia

4.8

1

Suecia

9.3

57

Grecia

4.7

1

Nueva Zel.

9.3

58

Turquía

4.6

4

Singapur

9.2

58

Lituania

4.6

5

Finlandia

9.0

58

Polonia

4.6

5

Suiza

9.0

….

7

Islandia

8.9

70

Rumanía

3.8

7

Holanda

8.9

70

Colombia

3.8

9

Australia

8.7

72

Bulgaria

3.6

9

Canadá

8.7

72

Macedonia

3.6

11

Luxemburgo

8.3

72

Perú

3.6

12

Austria

8.1

72

México

3.6

12

Hong Kong

8.1

72

China

3.6

14

Alemania

7.9

….

14

Noruega

7.9

80

Brasil

3.5

16

Irlanda

7.7

80

Arabia Saudí

3.5

16

Reino Unido

7.7

80

Tahilandia

3.5

17

EEUU

7.3

80

Marruecos

3.5

17

Japón

7.3

…..

17

Bélgica

7.3

109

Argentina

2.9

20

Santa Lucía

7.1

22

Barbados

7.0

138

Ucrania

2.4

23

Francia

6.9

138

Paraguay

2.4

23

Chile

6.9

23

Uruguay

6.9

147

Rusia

2.1

26

Eslovenia

6.7

147

Kenya

2.1

27

Estonia

6.6

28

España

6.5

158

Venezuela

1.9

28

Qatar

6.5

30

Granadinas

6.5

177

Haití

1.4

30

Chipre

6.4

178

Irak

1.3

32

Portugal

6.1

33

Israel

6.0

180

Somalia

1.0

 

8 comentarios en “Corrupción 2008

  1. Sebastián

    En relación con el contenido de la foto final del post puede resultar oportuno recordar que, contra el criterio de muchas autoridades y funcionarios que parecen defender lo contrario, el maestro García de Enterría (en su obra Curso de Derecho Administrativo II, ed. Civitas, compartida con Tomás-Ramón Fernández) «sostiene» que el artículo 37.1 de la LRJAP española legitima y faculta a “todos los ciudadanos”, y no sólo a “los interesados en cada procedimiento concreto”, el derecho de acceder a los registros y a los documentos que, formando parte de un expediente, obren en los archivos administrativos, cualquiera que sea la forma de expresión, gráfica, sonora o en imagen o el tipo de soporte material en el que figuren, siempre que tales expedientes corresponda a procedimientos terminados, lo que sitúa a nuestro Derecho, según los autores, en la línea de vanguardia que en el panorama comparado marca desde la temprana fecha de 1766 el ordenamiento sueco, en el que se inspiró la Free information Act norteamericana de 1966.

    “A partir de ahora …”, dicen, “nuestra Administración está emplazada a actuar en despachos de cristal”.

    Amén.

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