Está en descarga libre el número 2/2014 de la revista Crónica Presupuestaria que edita el Instituto de Estudios Fiscales. De su excelente Sumario destaco dos artículos sobre dos facetas de la Estabilidad presupuestaria. El primero presentado por el Auditor del Consejo de Cuentas de Castilla y León, Javier de Diego Alonso, titulado CONEXIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE REGLAS FISCALES Y REGLAS DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA analiza nuestra normativa de estabilidad presupuestaria, que paralelamente a las reformas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, ha ido introduciendo nuevas reglas fiscales y modificando el diseño y los elementos necesarios para su aplicación. La Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) establece en la actualidad tres reglas que delimitan la política fiscal de las Administraciones Públicas: una regla de saldo, una regla de gasto y una regla de endeudamiento.
La existencia y adecuada definición de estas reglas fiscales es condición necesaria, pero no suficiente, para la consecución de una mayor disciplina fiscal. Para ello, entiende el autor que es preciso que estas reglas se encuentren coordinadas entre sí y, sobre todo, que vayan acompañadas de otra serie de reglas, instrumentos y mecanismos que incorporen al ámbito de la gestión presupuestaria de las AAPP una serie de restricciones y limitaciones que garanticen su cumplimiento en los procedimientos para la elaboración, desarrollo y ejecución de los presupuestos.
La LOEPSF en su Capítulo VI, bajo la denominación genérica de «Gestión Presupuestaria» enumera entre otros: un límite de gasto no financiero, un fondo de contingencia, y un destino para el superávit presupuestario del ejercicio. Tampoco olvida el autor el mandato contenido en el último apartado del artículo 12 de la LOEPSF, que dando cierre a la regla de gasto, que obliga a que los ingresos que se obtengan por encima de lo previsto se destinen a reducir el nivel de deuda pública.
La estructura del artículo es la siguiente. Tras este resumen, en el siguiente apartado se analizan detalladamente las reglas de saldo, gasto y endeudamiento, contextualizándolas en el marco de la normativa europea. En el segundo apartado, se examinan los criterios de coordinación entre las reglas fiscales. En el tercero, se describen y examinan los instrumentos, reglas y mecanismos de gestión presupuestaria, poniéndolos en relación con las reglas fiscales cuyo cumplimiento tratan de garantizar. Finalmente, en el apartado cuarto, se enumeran las principales conclusiones.
En el mismo ejemplar encontramos otro interesante artículo del Catedrático de Derecho Financiero Universidad Complutense de Madrid, Miguel Ángel Martínez Lago, titulado LA LEY ORGÁNICA DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA: ESTABLECIMIENTO Y SUPERVISIÓN DE LAS REGLAS FISCALES Y CORRECCIÓN DE LOS RIESGOS DE INCUMPLIMIENTO.
El trabajo analiza las reglas que procura la LEPySF para que se lleve a efecto el establecimiento de los objetivos de déficit estructural y del volumen de deuda pública. Después observa el catálogo de medidas preventivas, correctivas y sancionadoras dispuestas para evitar los incumplimientos. Al final, refleja la instrumentación del principio de transparencia y diversas reglas de gestión presupuestaria contenidas en la ley.