Aun recuerdo el lema de aquella campaña publicitaria destinada a promover la práctica del deporte en la España de finales de los años 60. «Contamos contigo», decía la televisión en blanco y negro, incitando a la actividad física en nuestro el tiempo libre.
Hoy, los apoyos públicos al deporte presentan las más variadas formas y destinatarios. Ya hemos tratado en esta bitácora los problemas de justificación del interés público de algunos gastos presupuestarios (o avales) que afectan a una actividad mercantil, con indudable interés social. Concretamente en la fiscalización de la Federación Española de Fútbol se produjo el debate de la “justificación de la necesidad para el interés público de la subvención“ que concluyo en reintegros millonarios.
Un buen amigo, Interventor local, me recordaba que un Alcalde, al que interpeló sobre la motivación pública de un gasto, le había contestado: “el interés público soy yo”. En realidad estaba queriendo decir que los electores, al decidir su representante, le han dado un amplio margen para hacer políticas públicas y entre ellas puede encontrarse ayudar al club deportivo local. Pero esta atribución no carece de límites.La Ley General de Subvenciones relaciona estas con el “fomento de una Actividad de Utilidad Pública o Interés Social”. Llegamos al delicado terreno de los conceptos jurídicos indeterminados, donde el legislador confía en una leal y certera interpretación por la Administración o entidad. Su determinación a priori es tan difícil como explicar el fuera de juego. Sin embargo, como enseñaba García de Enterría en su clásico Manual de Derecho Administrativo, la solución es precisar en cada caso lo que «NO es una finalidad pública ».
También es cierto que el art. 22.3 de la citada ley permite su concesión directa (sin publicidad ni concurrencia) si están previstas nominativamente en los Presupuestos Generales de la Administración Pública correspondiente. Pero lleva aparejada su justificación formal por el club deportivo.
El problema surge con las ayudas encubiertas. Es sobradamente conocido que muchos clubes españoles han saneado sus finanzas gracias a la recalificación de terrenos y operaciones inmobiliarias. En este magnífico artículo de Jordi Blasco se hace un repaso exhaustivo de los trapicheos urbanísticos municipales con el suelo de los clubes. Al final, se acaba produciendo una espiral de apoyos que no conduce más que a retrasar la aparición del déficit y a desvirtuar los campeonatos, elevando las fichas de los futbolistas y del cuerpo técnico.
Ayudas encubiertas
Recientemente, el Diario El País, encabezaba un extenso análisis, en el suplemento de su edición vasca, con las siguientes preguntas, ya clásicas: ¿Puede un club profesional de élite sobrevivir por sus propios medios sin ayuda de la Administración Pública?¿Debe una Administración Publica ayudar económicamente a un club privado?
Recordaba el periodista que la voz más crítica contra el sistema de ayudas ha sido la del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP), que ha ido criticando uno por uno los convenios y ayudas que tanto el Gobierno, las Diputaciones y los Ayuntamientos han venido aportando a los equipos profesionales.
En ese marco, incluía una Tribuna de Rafael Iturriaga, consejero y expresidente del TVCP y uno de nuestros colegas con las ideas más claras, pidiendo transparencia y legalidad para este tipo de decisiones:
Vayamos al caso de los convenios mediante los cuales nuestras (y otras) administraciones públicas financian a determinadas sociedades deportivas. Doy por supuesto que el argumento de que «las demás hacen lo mismo» carece de valor, ni siquiera para criticarlo seriamente. La identificación emocional con una camiseta, por intensa que sea y por compartida que se halle entre los gestores y una mayoría de los ciudadanos, no puede legitimar la elusión de los principios de legalidad ni de eficiencia en el manejo de los recursos públicos.
Una manera de inyectar dinero a los clubes la encontramos en las televisiones regionales. Así, el Consello de Contas de Galicia denunciaba en su informe sobre la Televisión de Galicia (TVG):
5.25.- … los importes de estos contratos, que se financian mayoritariamente con fondos públicos -dado el escaso rendimiento comercial de las retransmisiones de encuentros amigables-, pueden considerarse como ayudas públicas indirectas, en el sentido de que otorga a los clubes una ventaja financiera, sin que la TVG S.A. tenga atribuidas funciones de fomento del deporte en general, y del fútbol en particular.
¿Libre «competencia» deportiva?
Contrasta la distorsión que estas ayudas suponen, en el correspondiente mercado deportivo, frente al rigor de los controles en la Unión Europea sobre aquellas medidas que amenacen o falseen la competencia. Un ejemplo es la reciente Sentencia del Tribunal de la UE que considera discriminatorio nuestro incentivo fiscal a las empresas que contraten proyectos de I+D sólo con universidades españolas.
En 2004, el comisario de la UE sobre Competencia, Mario Monti, investigó, si España, Alemania, Francia, Italia y el Reino Unido habían concedido ayudas públicas ilegales a los clubes de fútbol, sin que hasta el momento se hayan producido «resultados tangibles».
La investigación realizó un seguimiento «más sistemático» de asuntos como el decreto Salva Calcio en Italia, la venta de la ciudad deportiva del Real Madrid, o las subvenciones a otros estadios, para asegurarse de que ningún club europeo tenga una «ventaja selectiva» frente al resto gracias a las ayudas.
Hay que navegar en el estrecho margen de las ayudas públicas y la imposibilidad de interferir con ellas la libre competencia deportiva. Quizás por eso, los grandes equipos de fútbol español (Madrid, Barcelona, Sevilla) tengan abogados en la presidencia, frente a la etapa anterior de constructores.
Mientras tanto, se constituye la flamante Comisión Nacional de Competencia creada por Ley 16/2007, cuyo Reglamento de 22 de Febrero de 2008 entró en vigor hace dos semanas, incluyendo el novedoso procedimiento de clemencia, incitando a la colaboración de las empresas implicadas en infracciones que «impiden, restrinjan o falseen la competencia», llámense sociedades anónimas deportivas o constructoras, con el fin de facilitar pruebas y denunciar a otros, para reducir sensiblemente las sanciones.
Una versión d este artículo fue publicada en el diario La Nueva España del 7 de abril de 2008.
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