
El enfoque “vertical” y el enfoque “horizontal” de la fiscalización medioambiental: ventajas e inconvenientes
Manuel Lagarón Comba
Tribunal de Cuentas de España
En nuestro anterior comentario hicimos una breve descripción de lo que, en principio, podría denominarse enfoque vertical y enfoque horizontal de la fiscalización medioambiental (FMA).
A través del primero, se evalúa el área medioambiental de cualquier entidad pública, tal y como haya sido configurada por los gestores de ésta. A través del segundo, se evalúan los aspectos medioambientales de todas y cada una de las parcelas de gestión que integran dicha entidad (gastos, ingresos, inversiones, recursos humanos, almacenes, medio ambiente, etc.), tal y como los determine el auditor. Ambos enfoques plantean ciertas ventajas e inconvenientes, algunos de los cuales trataremos de exponer a continuación.
Por ejemplo, un inconveniente del enfoque vertical es que la entidad pública podría, sin proponérselo, condicionar el ámbito y el alcance de la fiscalización a emprender, pues al ser ella la gestora de su propio sistema de gestión medioambiental (SGM), su política y su programa medioambientales; y, por tanto, de los objetivos medioambientales, es también ella la que delimitaría involuntariamente el campo de actuación del controlador, y éste tendría una tendencia natural a no salirse de esa delimitación. Esto, que en sentido estricto sería un cierto error de procedimiento, en la práctica se presenta como la alternativa más eficiente, pues la fiscalización queda circunscrita sólo al área medioambiental, que es una más de las que conforman la entidad a revisar.
En el horizontal, el auditor ha de establecer, de las distintas parcelas de gestión, los aspectos medioambientales que le afecten y componer de ese modo el campo medioambiental a fiscalizar. Ello supone un esfuerzo extra para aquél, pues ha de determinar por sí mismo tales aspectos, y con absoluta independencia de los gestores públicos. Así, y tras conocer, por ejemplo, las condiciones de salubridad de determinado colectivo de trabajadores de una empresa pública del sector químico, el controlador podría apreciar contingencias medioambientales que el propio SGM de la empresa no habría previsto como tal.
Aun a riesgo de equivocarnos, somos partidarios del enfoque vertical de la FMA; especialmente al comienzo de su práctica, ya que es más eficiente y se aborda con mayor facilidad. No obstante, todos los aspectos que no estén contemplados previamente en el SGM de la entidad pública, probablemente pasen desapercibidos al control, y eso supone asumir riesgos de fiscalización. En el horizontal emplearemos mucho más tiempo en verificar todos los aspectos que consideremos medioambientales, pero seremos más certeros a la hora de cumplir los objetivos. No obstante, no debemos olvidar que este segundo enfoque sería irrenunciable en el caso de que observemos el medio ambiente como un principio más del ejercicio de la fiscalización, tal como la legalidad, la eficacia y la eficiencia; y eso es, sin duda, materia de otro debate.

Replica a Hugo Cancelar la respuesta