La Sindicatura de Cuentas de Cataluña acaba de hacer público su informe sobre la regularidad del gasto electoral durante los comicios celebrados en esa Comunidad Autónoma durante el año 2006. Las conclusiones de la prensa no dejan en muy buen lugar a las formaciones políticas catalanas, si bien es cierto que los incumplimientos detectados no son de igual gravedad en todos los partidos.
Debemos precisar, antes de nada, que los partidos políticos catalanes cumplieron, en general, con la normativa sobre financiación de partidos políticos durante las elecciones de 2006, pero algunas formaciones excedieron los límites en determinadas partidas de gastos, que fueron superiores a la subvención máxima para este concepto, que está establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Se trata de pagos fuera del plazo de los 90 días después de las elecciones, donativos sin indicación del DNI o domicilio or encima de la cuantía máxima permitida, gastos de mailing superiores a la subvención fijada y dificultad para identificar (y por tanto comprobar) algunos proveedores.
El informe (pendiente de traducir al castellano) podéis descargarlo en la remozada página web de la Sindicatura de Comptes de Catalunya:
El objeto del informe es la regularidad de la contabilidad y la justificación de las subvenciones concedidas por la Generalitat de Catalunya para hacer frente a los gastos ocasionados por los procesos electorales, como el celebrado en 2006. Cabe destacar que la Sindicatura presidida por D. Joan Colom, que fue ponente del informe, considera una limitación al alcance del trabajo no realizar una fiscalización global de la actividad financiera de los partidos políticos, de todos sus gastos e ingresos.
Para comprobar la regularidad de todo ello, el Tribunal de Cuentas tiene la competencia exclusiva -dice la Ley Orgánica- del control externo de la actividad económica y financiera de los partidos políticos. Hace unos meses presentamos las conclusiones del informe de Fiscalización de la contabilidad anual de los partidos políticos del ejercicio 2005 (y del 2004 también).
En anteriores ocasiones hemos comentado la valiente recomendación de este órgano de la Sindicatrua Catalana para que se definan y delimiten los supuestos de vinculación entre fundaciones privadas y partidos políticos, así como que se establezcan mecanismos para su control.
La Sindicatura de Cuentas, como el resto de los Órganos de Control Externo de las CCAA, carece de competencias para proponer sanciones por infracciones de la normativa electoral ni para proponer la revocación total o parcial de las subvencionas otorgadas. La LOREG atribuye estas competencias al Tribunal de Cuentas, que podría proponer la anulación, la revocación o la reducción de la subvención y las sanciones oportunas si se dedujeran pruebas de infracción de normas electorales.
Informes relacionados: Andalucía (Nota de prensa e Informe), Asturias (Informe), Madrid (Informe), Islas Baleares (Informe y resumen), Canarias (Informe), Galicia (Informe) Navarra (Informe) País Valenciano (Informe), Castilla-La Mancha (Informe) y Castilla y León (Informe).
Pingback: Los partidos piden más control para los partidos – Fiscalizacion.es