
La contratación se está convirtiendo en uno de los principales quebraderos de cabeza de los gestores públicos, de cualquier ámbito territorial o institucional. La tensión entre la autoridad y el funcionario para acortar los plazos se ha convertido en un clásico. Es difícil explicarle a un Alcalde que ahora que tiene disponibilidad presupuestaria, no llegará a tiempo de inaugurar ni una miserable rotonda antes de las elecciones. O que, quienes creen contar con un comportamiento administrativo impecable, se ven reflejados en los informes de fiscalización con observaciones que le parecen menores o inevitables, pero alimentan titulares de prensa o ataques de la oposición. Mi diagnóstico: las elecciones se ganan con buenos jefes de contratación, seleccionados por mérito y capacidad, por supuesto. Un consejo adicional: cuide de mantenerlo al día, bien informado, con buena formación continua y las mejores revistas del sector.
A este perfil de funcionarios dedicamos hoy la entrada de esta bitácora, con un trio clásico: un informe, un libro y un seminario profesional, todos relacionados con la contratación y con la Comunidad de Aragón.

Aragón 2024
El reciente informe de la Cámara de Cuentas sobre la Cuenta General de Aragón relativa al ejercicio 2024 incluye entre las principales áreas en las que ha enfocado la auditoría de cumplimiento las relativas a gestión presupuestaria, personal, endeudamiento, morosidad y contratación. En este último apartado, analiza el cumplimiento de determinados aspectos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) en adjudicaciones de importes relevantes, así como de la obligación de rendición, la publicidad de los anuncios y de la formalización de los contratos, la aprobación de planes anuales de contratación y, en los casos que proceda, una justificación suficiente de la tramitación de urgencia e inclusión de mecanismos de control de pagos a subcontratistas en los pliegos de cláusulas administrativas (como penalidades o como condición especial de ejecución).
Así, dedica una crítica a la gestión de la contratación, señalando principalmente irregularidades en el sector sanitario y una dependencia excesiva de procedimientos excepcionales.
En el documento se destaca, en materia de contratación:
1. Contratación precaria en Sanidad
La Cámara señala que el Servicio Aragonés de Salud (Salud) realizó gastos por un valor de 323 millones de euros al margen de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Compras directas: Gran parte de este gasto se realizó mediante la adquisición de suministros y servicios sin tramitar el correspondiente expediente de contratación. Esta es una vieja polémica con los gestores en la contratación de medicamentos de todas las CCAA.
- Contratos caducados: Se señala la prestación de servicios esenciales con contratos ya vencidos y sin posibilidad de prórroga legal, lo que obliga a recurrir a reconocimientos de obligación para poder pagar a los proveedores.
2. Uso de la Contratación Menor
El informe advierte sobre el uso recurrente de los contratos menores (aquellos de cuantía inferior a 15.000 € en servicios/suministros o 40.000 € en obras).
- El órgano fiscalizador reitera que la contratación menor debe ser extraordinaria.
- Critica que el simple hecho de que un importe sea bajo no justifica evitar procedimientos más transparentes y competitivos, como el procedimiento abierto simplificado, que garantiza una mayor concurrencia y publicidad.
3. Falta de Planificación
Se observa una deficiencia en la planificación contractual, lo que deriva en:
- Insuficiencia de medios: En algunos casos, no se justifica adecuadamente la falta de medios propios antes de recurrir a la contratación externa.
- Ausencia de Planes Anuales: El informe resalta la importancia de publicar el Plan Anual de Contratación, una obligación legal que facilita la transparencia y permite a las empresas conocer con antelación las necesidades de la administración.
4. Deficiencias en la Adjudicación y Ejecución
- Criterios de adjudicación: Se han detectado expedientes donde no se motivó correctamente la elección de los criterios de valoración, lo que genera riesgos de nulidad en los procedimientos.
- Condiciones especiales de ejecución: Aunque se incluyen cláusulas sociales o medioambientales (obligatorias por el Art. 202 de la LCSP), a menudo no se establecen mecanismos reales para verificar su cumplimiento durante la vida del contrato.
En resumen, la Cámara de Cuentas insta al Ejecutivo a reducir la contratación directa y a mejorar la programación para evitar que la excepción (el gasto sin contrato o el contrato menor) se convierta en la norma de gestión.

Derecho pretoriano en contratación
Esta expresión hace referencia al célebre artículo doctrinal del catedrático de la Universidad de Zaragoza, José María Gimeno Feliú. En él, se explica cómo la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha suplido las lagunas legales creando un «derecho pretoriano» que ha forzado, en la práctica, una auténtica codificación de la contratación pública en la Unión Europea. El TJUE ha ido mucho más allá de una mera interpretación literal de las Directivas europeas y a través de sus sentencias, ha dictado resoluciones que configuran un verdadero cuerpo normativo (derecho pretoriano). Recuérdese que el Pretor romano ayudaba, completaba o corregía la ley para que fuera más justa y adaptada a la realidad del momento.
El Dr. Gimeno usa habitualmente, con excelencia y liderazgo intelectual, conceptos básicos (mi favorito es la estrella polar de la contratación) para para definir líneas estratégicas y simplificar lo complejo. En esta obra viene sistematizando la doctrina europea, que actúa en la práctica como un código que dota de predictibilidad y seguridad jurídica a un sector tan complicado y con tanto impacto económico.
Pues bien, la editorial Atelier anuncia la inminente actualización (2026) en formato abierto de su obra «La codificación europea de la contratación pública mediante el Derecho pretoriano creado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea» donde podemos examinar, en 223 páginas los 50 principales conceptos que aportan seguridad jurídica y una doctrina europea que todos debemos conocer.

Con un magnífico prólogo de José Manuel Bandres Sánchez-Cruzat, Magistrado del Tribunal Supremo (donde a menudo escuchamos se hace «derecho pretoriano» cuando dicta sentencias que cubren lagunas legales que el legislador ha olvidado) nos recuerda que el TJUE nos aporta “una doctrina coherente y rigurosa, de eficacia vinculante, y, por tanto, invocable ante todos los Tribunales de los Estados miembros, que ha permitido depurar los conceptos y principios propios de la contratación pública”. Por eso el TJUE es definido por el Gimeno Feliú con otra sutil figura descriptiva, apelando a la mitología griega, como “el arquitecto de las columnas de Hércules”, debido a que el edificio constitucional europeo se soporta y apoya estructuralmente en el principio de primacía y el efecto directo.
Termina el autor refiriéndose al “faro del TJUE que debe iluminar con más intensidad, para permitir, con su criterio uniforme, alinear correctamente la hoja de navegación contractual de todos los países europeos para facilitar llegar a buen puerto y consolidar los grandes objetivos de la Unión Europea”.

Panticosa 2026
Del 9 al 11 de junio disfrutaremos de una nueva edición del Congreso de contratación pública que organiza el Observatorio de Contratación (obcp.es) en Panticosa, en pleno Pirineo donde es más fácil el agudo estudio y la intensa concentración así como la excursión final (estrictu sensu: “Andada por el entorno de Panticosa”) una tarde tras las ponencias. Así, nos ofrece un cuidado programa que se inicia con la conferencia del Gerente de la Universidad de Zaragoza, Alfonso Peña, que glosará los hitos y el futuro tras 25 años de contratación pública en los Pirineos. Alfonso los ha vivido porque fue mucho antes Interventor general de la Comunidad Autónoma, después consejero y presidente de la Cámara de Cuentas de Aragón, convirtiéndose en una de las personalidades más respetadas del mundo de la gestión y el control público, siempre un habitual del seminario.
He de reconocer que el ambiente académico y profesional que proporcionan los congresos del observatorio es de lo mejor que he encontrado en mí ya largo itinerario de seminarios y jornadas de todo tipo. Además, la convocatoria de Panticosa es especial, tanto por la convivencia intergeneracional que permite como las selectas perspectivas del centenar que allí participan: profesores, Directores Generales autonómicos, gestores, interventores, abogados o empresas.
Como en años anteriores, dirigen este evento José María Gimeno Feliu y Miguel Angel Bernal Blay, con el apoyo en la secretaría de Carmen de Guerrero Manso, Andrea García Ruiz y Leticia Fuertes Giné, todo con el apoyo del del Gobierno de Aragón, la Cátedra Contratación Pública Local (Unizar-Ayuntamiento de Zaragoza) y los patrocinadores: SANOFI, SANDOZ, Kalaman, e Yksios Digital Growth, todos los cuales contribuyen a esta reunión de aforo limitado por razones organizativas. Las plazas disponibles se cubrirán por riguroso orden de solicitud hasta agotar el aforo. Solicitudes aquí.



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