Rafael Iturriaga Nieva era, hasta hace unos, días Consejero del Tribunal Vasco de Cuentas, un órgano que presidió entre 1995 y 2001. Acaba de ser nombrado Viceconsejero de Seguridad en el nuevo Gobierno Vasco.
Rafael es autor prolífico de brillantes tribunas de opinión en la prensa nacional, algunas de la cuales hemos recogido en esta bitácora. Si debo seleccionar alguna me quedaría con esta: «Ná penal«. Ahora que había abierto su propio blog (protagorismos) va a tener dificultades para llenarlo con la regularidad.
En mayo de 2007 publicó en la prensa de Euzkadi este artículo, con el que quiero desearle todos los éxitos en sus nuevas responsabilidades. ¡Cuídate Rafa!.
MUJERES VÍCTIMAS Y TESTIGOS Damos por supuesto que los proyectos políticos están inspirados por la búsqueda sincera del bien común. No obstante, el paso de los planteamientos políticos al Boletín Oficial no está exento de reglas. El Estado de Derecho no fía todo a la benevolencia del gobernante por mucho que se trate de un gobernante legítimo.
El legislador nunca escribe sobre un folio en blanco. El edificio jurídico es un sistema, un conjunto armónica y jerárquicamente ordenado de normas, en cuya cúspide se halla, como todos sabemos, la Constitución, norma fundamental del Estado y en el frontispicio de la propia Constitución, los Valores Superiores del Ordenamiento Jurídico que entre nosotros son, conviene no olvidarlo, la Libertad, la Igualdad, la Justicia y el Pluralismo Político (Art.1).
Hay un evidente riesgo en la utilización abusiva del instrumento legislativo (caracterizado por sus notas de generalidad y perdurabilidad) para la solución de problemas políticos inmediatos.
No se trata de sostener una tesis conservadora sino de evitar el uso excesivo de una “alegre” cirugía legislativa que parte de la ingenua creencia de que lo publicado en el BOE ocurre de verdad, lo que es mucho suponer. Las normas, desde luego, son necesarias pero no sustituyen a la gestión, incluso, a veces, la enmascaran. Una gestión política transformadora está tan lejos del “Laissez faire, laissez passer” como de bienintencionados intentos de hacer ingeniería social desde el Parlamento. Hace falta una gran osadía y muy poco respeto por los demás para establecer coacciones a la libertad de los ciudadanos con la pretensión estalinista de ayudarles a “hacer lo correcto” o a ser más felices.
En este sentido, llama la atención la noticia, publicada en diversos medios el pasado día 21 de Mayo de que el Ministerio de Justicia proyecta reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal con dos finalidades. Por una parte, “impedir que una mujer que haya denunciado una situación de maltrato por parte de su pareja pueda retirar las acusaciones” (sic.) y, además, reformar específicamente el artículo 416 que dispensa de la obligación de declarar contra el procesado a su cónyuge, hijos y otros parientes cercanos.
Aparentemente la intención que mueve al Ministerio de Justicia no puede ser más loable, sin embargo…Algo no termina de encajar.
Para empezar, porque la mayoría de los delitos (y, desde luego, todos aquellos que tienen que ver con la violencia de género) son delitos “perseguibles de oficio”, es decir, que no requieren denuncia ni querella por parte del ofendido. Aún más, resulta un verdadero sarcasmo esa responsabilización en la víctima, la mujer, del destino de un procedimiento cuando no hay norma (ni en España ni en el mundo entero) que “obligue” a la víctima común a denunciar.
La víctima es el eslabón más vulnerable de toda la cadena de respuesta del Estado de derecho ante el delito, singularmente en estos casos de violencia ejercida en la intimidad y entre personas cuyos lazos tienen indefectiblemente un gran componente psicológico, emocional. ¿Cómo puede plantearse siquiera el establecimiento de semejante “obligación” para el más débil cuando quienes sí están obligados (obligados sin necesidad de reformar legislación alguna) no cumplen, al parecer, con su deber?
Para comenzar, los funcionarios del Ministerio Fiscal (Art. 105 L.E.Crim.) y, por extensión, los policías y personal de los servicios sociales que tienen conocimiento de este tipo de situaciones, así como los médicos, tanto de los servicios de urgencia, como de los de atención primaria donde se observan una y otra vez patologías que ponen en evidencia un maltrato que la propia víctima coaccionada, avergonzada o desgraciadamente enamorada (que tanto da) intenta patéticamente disimular. A este respecto es muy recomendable echar un vistazo al informe de Amnistía Internacional sobre el cumplimiento al cabo de un año (ahora llevamos más de dos) de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la violencia de Género.
Por contra, el hecho mismo de plantear la reforma de la ley envía sobre la opinión pública un mensaje exculpatorio. Si no se hace más, se viene a decir, no es por nuestra propia incapacidad o desidia, es por la falta de un adecuado instrumento legislativo. Nuestras manos, deseosas de actividad, permanecen atadas a nuestro pesar. Este argumento (que desgraciadamente se ha repetido “ad nauseam” en los últimos días) es, sencillamente, falso. Burda mentira.
Muchísimos procedimientos iniciados (policial o judicialmente) son archivados con la excusa de que la mujer “…ha quitado la denuncia…” En tales casos, policías y jueces están incumpliendo palmariamente el vigente artículo 106 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, por lo menos en este punto, solamente requiere cumplimiento, no reforma.
En relación al segundo asunto, ha de hacerse notar que el artículo 416 exime, entre otros, al cónyuge de la obligación de declarar… ¡Como testigo! Malamente, pues, podría una modificación del tipo de la planteada impulsar a nada a las víctimas puesto que las víctimas no son, como es obvio, testigos, sino partes del proceso penal.
Es lógico que en el instante inicial de un procedimiento no exista más indicio que lo relatado en la propia denuncia por lo que una defección posterior del denunciante dificulta el desarrollo de la investigación. Dificulta, pero no impide. Si, como se señala tantas veces, policía e incluso jueces desconfiaban de la veracidad de la “retirada” de las denuncias… ¿Que razón les impedía investigar aún contra la voluntad de la acobardada o coaccionada víctima?
Puede compartirse, entonces, la intención que inspira la intervención de Doña Soledad Murillo, Secretaria General de Políticas de Igualdad y de otras voces, pero la medida es distorsionadora del procedimiento , limitadora de la libertad individual, totalmente ineficaz y, lo que puede ser peor, dañina. Imaginemos por un momento que tales tesis prosperaran y estableciéramos la obligación de declarar de la víctima como testigo y por miedo, chantaje emocional o lo que sea, ésta se niega obstinadamente a hacerlo o, incluso, miente… ¿Que hacemos?… ¿La procesamos por Obstrucción a la Justicia (463.1 del Código Penal) o por Falso Testimonio (458 y ss.)?
Caro amigo Antonio:
Que lástima a saída de Rafael Iturriaga do «Tribunal Vasco de Cuentas», órgão que presidiu entre 1995 y 2001, sendo agora nomeado «Viceconsejero de Seguridad» no novo Governo Vasco. O sistema de controle espanhol perde um dos mais competentes, cultos e atuantes Conselheiros do Tribunal de Contas. Sejas muito feliz em tua nova vida Rafael, tenho a certeza que com o teu brilho pessoal daras uma grande contribuição ao aperfeiçoamento do sistema de «Seguridad». Foi uma honra ter sido teu colega de controle. Sucesso nessa nova atividade.
Um grande abraço desde Porto Alegre, RS, Brasil.
Helio Saul Mileski
Me gustaMe gusta
A Rafael hay que decirle, al menos, dos cosas.
Ante todo, enhorabuena por el nombramiento, aunque comparto con Mileski la pena por perder a una de los controladores externos más competentes.
Y también, como ciudadano, te doy las gracias por aceptar un puesto tan comprometido, en el que tus futuros éxitos serán los de toda la sociedad vasca y española.
Muchas felicidades.
Me gustaMe gusta
El Gobierno Vasco gana un caballero lleno de fuerza, inteligencia y espiritu de colaboracion, pero el Tribunal Vasco de Cuentas Publicas pierde un Consejero lleno de capacidad autocritica, poco comun en los que tienen ¨¨el poderoso poder de la critica¨¨. como decia Platon, Y sobre todo , en mi modesta opinion, pierde una de las pocas personas que he conocido con el empuje suficiente para sacar a estas instituciones llamadas de control de la decimononicidad que las aherroja. Los mejores deseos,Rafa, para ti, en la seguridad de que en tus funciones pondras, como es habitual en ti, entrega y ¡HUMOR¡.Un fuerte abrazo.
Me gustaMe gusta
Queridísimos amigos, ¡Gracias por todo! … Compañerismo, amistad, ciencia, sentido común, respeto, empatía… De todo he recibido de vosotros.
Solo quiero decir una cosa como lección aprendida. No estamos a cargo del control porque seamos mejores, más honrados o más sabios que quienes ejercen las responsabilidades del gasto público. Simplemente nos toca ser los más honrados y más sabios porque encarnamos y servimos al poder del Control, fundamento de la democracia misma. Nada debe acomplejarnos pero nada debe tampoco ensoberbecernos. Si algo importa es la misión a la que nos encomendamos.
El control del gasto público es una gran misión, no cabe duda, pero comprenderme si hoy abandono lo que ha sido mi mundo durante tantos años para entregarme con toda la ilusión al proyecto de la paz en mi dolorido país y al servicio de un gobierno que ha sido amenazado desde antes, incluso, de ser elegido.
Un fuerte abrazo a todos.
Me gustaMe gusta