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	<title>Comentarios en: Las facturas del cajón</title>
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	<description>Espacio dedicado a la Fiscalización de la gestión de los fondos públicos</description>
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		<title>Por: hmargollesbarros</title>
		<link>http://fiscalizacion.es/2008/09/16/las-facturas-del-cajon/comment-page-1/#comment-11376</link>
		<dc:creator>hmargollesbarros</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 09 Mar 2012 13:02:14 +0000</pubDate>
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		<description>Hola a todos. Soy incapaz de encontrar la sentencia de mayo de 2000 a la que hace referencia Ángel Ballesteros. ¿Alquién puede ayudarme?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola a todos. Soy incapaz de encontrar la sentencia de mayo de 2000 a la que hace referencia Ángel Ballesteros. ¿Alquién puede ayudarme?
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		<title>Por: Guillermo Yáñez</title>
		<link>http://fiscalizacion.es/2008/09/16/las-facturas-del-cajon/comment-page-1/#comment-11371</link>
		<dc:creator>Guillermo Yáñez</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 06 Mar 2012 10:52:07 +0000</pubDate>
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		<description>Hola Antonio, voy a pasar la entrada por la red. Hay una cuestión que no acabo de entender, ¿por qué no se registra la presentación de las facturas en el registro general?. 

A nivel local, el art. 5 de la Ley Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones exige el registro.

Es más, el que no las hubiera registrado antes del 1 de Enero del 2012, no podrá acogerse a lo que dice el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, ...

No obstante eso es a nivel local. Supongo que a nivel estatal o nacional, tenemos el art 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la factura es un  documento que como cualquier otro escrito o comunicación que se presente o reciba debería ser registrado, ¿no? 

Aunque la realidad es la que comentas. Creo que es otro mal hábito (como el arte del modificado) entregar las facturas en mano y ...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Antonio, voy a pasar la entrada por la red. Hay una cuestión que no acabo de entender, ¿por qué no se registra la presentación de las facturas en el registro general?. </p>
<p>A nivel local, el art. 5 de la Ley Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones exige el registro.</p>
<p>Es más, el que no las hubiera registrado antes del 1 de Enero del 2012, no podrá acogerse a lo que dice el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, &#8230;</p>
<p>No obstante eso es a nivel local. Supongo que a nivel estatal o nacional, tenemos el art 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la factura es un  documento que como cualquier otro escrito o comunicación que se presente o reciba debería ser registrado, ¿no? </p>
<p>Aunque la realidad es la que comentas. Creo que es otro mal hábito (como el arte del modificado) entregar las facturas en mano y &#8230;
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	<item>
		<title>Por: Hasta los cajones &#124; Begoña Martínez</title>
		<link>http://fiscalizacion.es/2008/09/16/las-facturas-del-cajon/comment-page-1/#comment-11309</link>
		<dc:creator>Hasta los cajones &#124; Begoña Martínez</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Feb 2012 13:38:42 +0000</pubDate>
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		<description>[...] Las facturas del cajón (Fiscalizacion.es) [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Las facturas del cajón (Fiscalizacion.es) [...]
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	<item>
		<title>Por: javier grandio</title>
		<link>http://fiscalizacion.es/2008/09/16/las-facturas-del-cajon/comment-page-1/#comment-9039</link>
		<dc:creator>javier grandio</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 19 Nov 2010 07:29:39 +0000</pubDate>
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		<description>El sector público mete miles de facturas en el cajón para no aflorar déficit ...

http://www.cotizalia.com/en-exclusiva/sector-publico-miles-facturas-cajon-aflorar-20101119-61343.html</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El sector público mete miles de facturas en el cajón para no aflorar déficit &#8230;</p>
<p><a href="http://www.cotizalia.com/en-exclusiva/sector-publico-miles-facturas-cajon-aflorar-20101119-61343.html" rel="nofollow">http://www.cotizalia.com/en-exclusiva/sector-publico-miles-facturas-cajon-aflorar-20101119-61343.html</a>
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	<item>
		<title>Por: La ley del abuelo &#124; Antonio Arias Rodríguez es Fiscalización</title>
		<link>http://fiscalizacion.es/2008/09/16/las-facturas-del-cajon/comment-page-1/#comment-1675</link>
		<dc:creator>La ley del abuelo &#124; Antonio Arias Rodríguez es Fiscalización</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 12 Jan 2010 22:27:27 +0000</pubDate>
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		<description>[...] de un contrato. Es cierto que la doctrina del reconocimiento injusto, que ya hemos tratado aquí, hace innecesario el procedimiento para exigir el pago del precio, por mucho que la artículo 32 de [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] de un contrato. Es cierto que la doctrina del reconocimiento injusto, que ya hemos tratado aquí, hace innecesario el procedimiento para exigir el pago del precio, por mucho que la artículo 32 de [...]
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	<item>
		<title>Por: GECONOMIC &#171; Antonio Arias Rodríguez es Fiscalización</title>
		<link>http://fiscalizacion.es/2008/09/16/las-facturas-del-cajon/comment-page-1/#comment-1672</link>
		<dc:creator>GECONOMIC &#171; Antonio Arias Rodríguez es Fiscalización</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Apr 2009 08:38:33 +0000</pubDate>
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		<description>[...]  Soberbia. Un ejemplo de ella son los gastos sin partida presupuestaria, que adornan la gestión sanitaria de nuestras Comunidades Autónomas. También son interesantes algunas sentencias sobre la prevaricación. [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...]  Soberbia. Un ejemplo de ella son los gastos sin partida presupuestaria, que adornan la gestión sanitaria de nuestras Comunidades Autónomas. También son interesantes algunas sentencias sobre la prevaricación. [...]
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	<item>
		<title>Por: Antonio Arias Rodríguez es Fiscalización &#187; Blog Archive &#187; Pobres Ayuntamientos</title>
		<link>http://fiscalizacion.es/2008/09/16/las-facturas-del-cajon/comment-page-1/#comment-1671</link>
		<dc:creator>Antonio Arias Rodríguez es Fiscalización &#187; Blog Archive &#187; Pobres Ayuntamientos</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 16 Nov 2008 16:14:40 +0000</pubDate>
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		<description>[...] gastos impropios que corresponderían a otras Administraciones Públicas. Con todo, florecen las facturas del cajón y las los retrasos en los [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] gastos impropios que corresponderían a otras Administraciones Públicas. Con todo, florecen las facturas del cajón y las los retrasos en los [...]
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		<title>Por: Antonio Fdez</title>
		<link>http://fiscalizacion.es/2008/09/16/las-facturas-del-cajon/comment-page-1/#comment-1670</link>
		<dc:creator>Antonio Fdez</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Sep 2008 17:10:55 +0000</pubDate>
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		<description>Los parlamentarios estadounidenses son menos pacientes que los españoles y ya en 1870 (sic) aprobaron la &lt;em&gt;Antideficiency Act&lt;/em&gt; para castigar a los gestores que incumplían las limitaciones presupuestarios aprobadas en sede parlamentaria. Los gastos que tuvieron que acometer las agencias federales tras la finalización de la Guerra Civil motivaron que se extendiera la práctica fraudulenta de utilizar la totalidad de los fondos recibidos por cada agencia en los primeros meses del ejercicio económico, para después generar déficits basados en la necesidad coactiva de realizar ciertos gastos. El Congreso estimó que de esta forma se obviaba y anulaba su capacidad para autorizar previamente los fondos presupuestarios y promovió la Antideficiency Act con el fin de establecer la responsabilidad sobre los funcionarios que incurrieran en excesos de gastos no autorizados.

Esta ley ha sido actualizada en diversas ocasiones y en hoy en día prohíbe los gastos no autorizados presupuestariamente, las obligaciones de pago aplicadas a fondos no autorizados legalmente para ese propósito, la contratación de personal no autorizada legalmente, salvo casos de emergencia por razones de seguridad de la vida humana o la protección de la propiedad y los gastos que exceden las cantidades legalmente autorizadas.

Las violaciones de esta Ley están sujetas a &lt;strong&gt;sanciones penales y administrativas&lt;/strong&gt; y deberá ser perseguida por las instituciones públicas. La &lt;em&gt;General Accountability Office&lt;/em&gt; recibe puntual información de los expedientes en los que están implicadas las agencias federales gubernamentales y anualmente emite un informe en el que relaciona los casos de los que ha recibido la pertinente comunicación. El informe del ejercicio fiscal 2006 detalla 23 casos de violación de la &lt;em&gt;Antideficiency Act&lt;/em&gt;, por importes que oscilan entre los 300 y 500.000 dólares. La relación de &lt;strong&gt;multas&lt;/strong&gt; impuestas en cada ejercicio se puede consultar en la Web de la GAO: &lt;strong&gt;http://www.gao.gov&lt;/strong&gt;.

NOTA 1. Se puede comprobar que &lt;strong&gt;los españoles también hemos llegado tarde para inventar las facturas del cajón&lt;/strong&gt;.
NOTA 2. ¿qué pasaría si el Tribunal de Cuentas decidiera exigir &lt;strong&gt;responsabilidades contables por los intereses de demora devengados por el retraso de los pagos&lt;/strong&gt; de las facturas guardadas en el cajón ante la falta de cobertura presupuestaria, en aplicación del inédito art. 177.1.c LGP?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Los parlamentarios estadounidenses son menos pacientes que los españoles y ya en 1870 (sic) aprobaron la <em>Antideficiency Act</em> para castigar a los gestores que incumplían las limitaciones presupuestarios aprobadas en sede parlamentaria. Los gastos que tuvieron que acometer las agencias federales tras la finalización de la Guerra Civil motivaron que se extendiera la práctica fraudulenta de utilizar la totalidad de los fondos recibidos por cada agencia en los primeros meses del ejercicio económico, para después generar déficits basados en la necesidad coactiva de realizar ciertos gastos. El Congreso estimó que de esta forma se obviaba y anulaba su capacidad para autorizar previamente los fondos presupuestarios y promovió la Antideficiency Act con el fin de establecer la responsabilidad sobre los funcionarios que incurrieran en excesos de gastos no autorizados.</p>
<p>Esta ley ha sido actualizada en diversas ocasiones y en hoy en día prohíbe los gastos no autorizados presupuestariamente, las obligaciones de pago aplicadas a fondos no autorizados legalmente para ese propósito, la contratación de personal no autorizada legalmente, salvo casos de emergencia por razones de seguridad de la vida humana o la protección de la propiedad y los gastos que exceden las cantidades legalmente autorizadas.</p>
<p>Las violaciones de esta Ley están sujetas a <strong>sanciones penales y administrativas</strong> y deberá ser perseguida por las instituciones públicas. La <em>General Accountability Office</em> recibe puntual información de los expedientes en los que están implicadas las agencias federales gubernamentales y anualmente emite un informe en el que relaciona los casos de los que ha recibido la pertinente comunicación. El informe del ejercicio fiscal 2006 detalla 23 casos de violación de la <em>Antideficiency Act</em>, por importes que oscilan entre los 300 y 500.000 dólares. La relación de <strong>multas</strong> impuestas en cada ejercicio se puede consultar en la Web de la GAO: <strong><a href="http://www.gao.gov" rel="nofollow">http://www.gao.gov</a></strong>.</p>
<p>NOTA 1. Se puede comprobar que <strong>los españoles también hemos llegado tarde para inventar las facturas del cajón</strong>.<br />
NOTA 2. ¿qué pasaría si el Tribunal de Cuentas decidiera exigir <strong>responsabilidades contables por los intereses de demora devengados por el retraso de los pagos</strong> de las facturas guardadas en el cajón ante la falta de cobertura presupuestaria, en aplicación del inédito art. 177.1.c LGP?
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		<title>Por: Germán</title>
		<link>http://fiscalizacion.es/2008/09/16/las-facturas-del-cajon/comment-page-1/#comment-1669</link>
		<dc:creator>Germán</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Sep 2008 12:09:03 +0000</pubDate>
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		<description>Pienso que la falta de crédito presupuestario, ya sea condición de validez o condición de exigibilidad, es un abuso de poder que raya en la prevaricación, y lo demás son zarandajas doctrinales. ¿Por qué el legislador no dice claramente que &lt;strong&gt;si un Alcalde contrata sin crédito, &lt;em&gt;a sabiendas&lt;/em&gt;, será inhabilitado&lt;/strong&gt;?. Solucionado el problema.

&lt;strong&gt;Nota de Antonio Arias&lt;/strong&gt;: En Brasil, esto es así, Germán. Los TCEs deben &lt;em&gt;aprobar&lt;/em&gt; las cuentas y, si no lo superan, las autoridades pasan a la lista de &lt;em&gt;no elegibles&lt;/em&gt;. Es una aprobación técnica, no política. En España estamos acostumbrados a esta última faceta, por ejemplo, cuando los plenos de los ayuntamientos aprueban (o no) las cuentas municipales. Hemos hablado de esto &lt;strong&gt;&lt;a href=&quot;http://www.fiscalizacion.es/?p=804&quot; rel=&quot;nofollow&quot;&gt;aquí&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Pienso que la falta de crédito presupuestario, ya sea condición de validez o condición de exigibilidad, es un abuso de poder que raya en la prevaricación, y lo demás son zarandajas doctrinales. ¿Por qué el legislador no dice claramente que <strong>si un Alcalde contrata sin crédito, <em>a sabiendas</em>, será inhabilitado</strong>?. Solucionado el problema.</p>
<p><strong>Nota de Antonio Arias</strong>: En Brasil, esto es así, Germán. Los TCEs deben <em>aprobar</em> las cuentas y, si no lo superan, las autoridades pasan a la lista de <em>no elegibles</em>. Es una aprobación técnica, no política. En España estamos acostumbrados a esta última faceta, por ejemplo, cuando los plenos de los ayuntamientos aprueban (o no) las cuentas municipales. Hemos hablado de esto <strong><a href="http://www.fiscalizacion.es/?p=804" rel="nofollow">aquí</a></strong>.
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